IMPORTADORA ABUTEX LIMITADA/ITAU CORPBANCA S.A.
Rol
Fecha
25 de octubre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Comparece don Carlos Espinoza Vidal, abogado, en representación de don Roberto Abusleme Gariglio, empresario, y de Importadora Abutex Limitada, ambos con domicilio en calle Amunátegui N° 277, oficina N° 801, comuna de Santiago, quien interpone recurso de protección en contra del Banco Itaú, representado por legalmente por don Gabriel Amado de Moura, ambos con domicilio en avenida Apoquindo Nº 3457, comuna de Las Condes, y en contra de Pablo Ruiz, gerente de convenios del Banco Itaú, por el acto que considera ilegal y arbitrario consistente en publicar en el Boletín Comercial deudas que considera inexistentes, vulnerando de este modo las garantías que la Constitución Política de la República le asegura en su artículo 19 N° 2 y 4. Hace presente que la empresa Abutex Limitada se dedica al rubro de confección de prendas infantiles, hospitalarias y de exportación e importación de telas y artículos de vestir. Desde el año pasado, ha sufrido una baja de ventas considerable, y por eso se vio en la necesidad de pedir un crédito, y luego refinanciarlo, con la recurrida. Refiere que luego de varias tratativas, en enero pasado se renegoció una deuda de la empresa, pero, a pesar de aquello, y haber cumplido lo ordenado por dicha institución bancaria, todavía aparece en el sistema bancario con la "Deuda Castigada" a pesar de que la deuda está vigente y pagándose mes a mes. El castigo que aparece es por el total que correspondía a más de veinticuatro millones de pesos ($24.000.000). Añade que, actualmente, la deuda castigada le perjudica enormemente para los fines de poder acceder a un Crédito Covid-19 con el Banco de Chile, o realizar cualquier gestión Bancaria o crediticia, sobre todo en este tiempo difícil. Es decir, por sólo una actuación meramente potestativa del Banco Itaú, que no ha querido eliminar del registro de deudores a la empresa, habiendo negociado y pactado una nueva deuda. Prosigue expresando que la norma que habilita a informa
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia se rechaza, con costas, el recurso de protección interpuesto por don Carlos Espinoza Vidal, abogado, en representación de don Roberto Abusleme Gariglio y de Importadora Abutex Limitada. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad archívese. N°Protección-56305-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de octubre de dos mil veintiuno. Al folio 27; téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Comparece don Carlos Espinoza Vidal, abogado, en representación de don Roberto Abusleme Gariglio, empresario, y de Importadora Abutex Limitada, ambos con domicilio en calle Amunátegui N° 277, oficina N° 801, comuna de Santiago, quien interpone recurso de prote
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