JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE LAJA

IMPUTADO: MIGUEL FRANCISCO OYANEDEL NORAMBUENA

Rol

Fecha

22 de octubre de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

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Fallo

fallo condenatorio, vale decir, no fijó fecha cierta para la presentación del sentenciado. El aproximado año y siete meses transcurrido desde el fallo condenatorio y la audiencia en que se debatió sobre la mantención o revocación de la pena sustitutiva; las seis audiencias realizadas y las tres órdenes de detención despachadas en contra del sentenciado, para asegurar su comparecencia a la audiencia de revisión de pena sustitutiva, no pueden ser elementos que graven solo al sentenciado, pues no ha sido solo de su cargo la imposibilidad de llevar a cabo las audiencias respectivas, ni retardar el inicio del cumplimiento de la pena sustitutiva. SEXTO: Que, en consecuencia, no encontrándonos en la situación prevista por el artículo 25 de la ley 18.216, en ninguna de sus dos hipótesis, no ha resultado posible que el a quo haya revocado la pena sustitutiva impuesta, ordenando el cumplimiento efectivo de la pena privativa de libertad, motivo por el cual se accederá a lo pedido por el apelante. De conformidad, además, con lo que disponen las normas legales ya citadas y lo que se preceptúa en los artículos 360 del Código Procesal Penal y 26 de la Ley 18.216, se declara que: SE REVOCA, la resolución apelada, dictada en audiencia de fecha veintisiete de septiembre de dos mil veintiuno, por el Juzgado de Letras y Garantía de Laja, por la cual se revocó la pena sustitutiva de libertad vigilada, con la cual se sancionó a Miguel Francisco Oyanedel Norambuena, ordenándose el cumplimiento ef

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C.A. de Concepción xsr Concepción, veintidós de octubre de dos mil veintiuno.- VISTO, OÍDO LOS INTERVINIENTES Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, en esto autos ingreso Corte rol n°875-2021, proveniente del Juzgado de Letras y Garantía de Laja, correspondiente al RUC n°1901288031-9 y RIT n°1128-2019, en audiencia de fecha 27 de septiembre de 2021, previo debate de las partes, el Tribunal procedió a

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