REYES/MIN. RELACIONES EXTERIORES
Rol
Fecha
22 de octubre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: A folio 1 comparece Yessenia Magdalena Reyes García, en favor de su madre Yanaida Concepción García García, todos de nacionalidad Venezolana, quien entabla acción de amparo en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores, por poner término injustificadamente a la solicitud de visa de responsabilidad democrática presentada en favor las amparadas. Indica que ingresó a Chile hace 4 años, estando su madre Venezuela, quien inicia los trámites de solicitud de visa de Responsabilidad Democrática ante el Consulado General de Chile en Caracas, para de esta forma volver a estar juntos como núcleo familiar, las fueron denegadas, mediante un correo que a todas luces reviste las características de ilegal y arbitrario, no obstante cumplir con todos los requisitos legales al determinar el cierre masivo de las solicitudes, lo cual le fue notificado con fecha 11 de noviembre de 2020. Alega que el actuar de la recurrida es ilegal, por cuanto el acto de la autoridad vulnera la ley 19.880, al no haberse dictado un acto terminal, no haberse respectado el plazo de seis meses para la finalización del acto administrativo y no siendo aplicables en la especie los
Fundamentos
fundamentos y las normas legales invocadas al no se ajustan a la situación de hecho, vulnerando el derecho a la reunificación familiar.
Fallo
Por lo expuesto, solicita se acoja la presente acción declarando que el mencionado acto es ilegal y arbitrario, y disponiendo como providencia necesaria para restablecer el imperio del derecho dejar sin efecto dicho acto administrativo y ordenado al Ministerio de Relaciones Exteriores regularizar la situación, admitir la solicitud de Visa de Responsabilidad Democrática, tramitarla y acogerla, disponiendo un acto administrativo terminal con estricto apego a derecho. A folio 4, evacua informe el Director General de Asuntos Consulares, Inmigración y de Chilenos en el Exterior, indicando en primer lugar que producto del brote mundial del virus denominado SARS-cov-2, el Estado de Chile, a través del Decreto Supremo N° 102 de 2020 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se dispuso- en lo que interesa- el cierre de todos los lugares habilitados para el tránsito de extranjeros hacia el territorio nacional. Seguidamente, señala que la aplicación de medidas restrictivas por parte de las autoridades venezolanas incidieron significativamente, tanto en lo que respecta a la atención de público como también en torno al cumplimiento de las reglas sobre suspensión de actividades, de aforo y en torno al otorgamiento de visas por parte del Estado de Chile en dicho país, pues si bien la solicitud puede iniciar telemáticamente el procedimiento de rigor, la revisión presencial de los documentos a la petición es esencial y determinante para su resolución; lo que no fue posible continuar p
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I. C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintidós de octubre de dos mil veintiuno. Vistos: A folio 1 comparece Yessenia Magdalena Reyes García, en favor de su madre Yanaida Concepción García García, todos de nacionalidad Venezolana, quien entabla acción de amparo en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores, por poner término injustificadamente a la solicitud de visa de responsabilidad democrática
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