SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE EMPRESA AFP PROVIDA S.A./CORNEJO **
Rol
Fecha
20 de octubre de 2021
Materia
OTRAS MATERIAS SINDICALES
Resultado
ABANDONADO RECURSO
Hechos
Vistos: Con el mérito de la constancia entregada por el señor relator, quien para estos efectos es Ministro de Fe, y de conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 481 del Código del Trabajo, se declara abandonado el recurso de nulidad deducido por la parte denunciante, en contra de la sentencia de dieciocho de diciembre del año dos mil veinte dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en causa RIT S-65-2020. Regístrese y comuníquese. N° Laboral-Cobranza 91-2021. Pronunciada por la Duodécima Sala, presidida por el Ministro señor Tomás Gray Gariazzo, e integrada además, por el Ministro (S) señor Alejandro Aguilar Brevis y el Abogado Integrante señor Rodrigo Montt Swett. En Santiago, veinte de octubre de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
se declara abandonado el recurso de nulidad deducido por la parte denunciante, en contra de la sentencia de dieciocho de diciembre del año dos mil veinte dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en causa RIT S-65-2020. Regístrese y comuníquese. N° Laboral-Cobranza 91-2021. Pronunciada por la Duodécima Sala, presidida por el Ministro señor Tomás Gray Gariazzo, e integrada además, por el Ministro (S) señor Alejandro Aguilar Brevis y el Abogado Integrante señor Rodrigo Montt Swett. En Santiago, veinte de octubre de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinte de octubre de dos mil veintiuno. Vistos: Con el mérito de la constancia entregada por el señor relator, quien para estos efectos es Ministro de Fe, y de conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 481 del Código del Trabajo, se declara abandonado el recurso de nulidad deducido por la parte denunciante, en contra de la sentencia de dieciocho de di
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