URREA/CLUB DEPORTIVO Y SOCIAL UNIÓN ESPAÑOLA
Rol
Fecha
21 de octubre de 2021
Materia
HONORARIOS, COBRO DE (EN JUICIO)
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que conforme lo dispone el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil, a propósito del procedimiento sumario, la prueba, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. Por su parte, el inciso final del artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, establece que las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido con fecha el cuatro de octubre del año en curso en contra de la resolución dictada el treinta y uno de agosto, y concedido el día trece de octubre de los corrientes. Al folio N°3, estese a lo resuelto. Devuélvase. N°Civil-9.140-2.021.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación deducido con fecha el cuatro de octubre del año en curso en contra de la resolución dictada el treinta y uno de agosto, y concedido el día trece de octubre de los corrientes. Al folio N°3, estese a lo resuelto. Devuélvase. N°Civil-9.140-2.021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de octubre de dos mil veintiuno. (dia) Vistos y teniendo presente: Que conforme lo dispone el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil, a propósito del procedimiento sumario, la prueba, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. Por su parte, el inciso final del artículo 90 del Código de Procedimiento C
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