SALDIVIA/TRANSPORTES CRUZ DEL SUR
Rol
Fecha
15 de octubre de 2021
Materia
PRESTACIONES
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Se sustanció causa RIT O-204-2019 del Juzgado de Letras del Trabajo de Castro, caratulada “Saldivia con Transportes Cruz del Sur”, en procedimiento de aplicación general sobre declaración de despido injustificado y cobro de prestaciones. Por sentencia definitiva de treinta de marzo de dos mil diecinueve, el juez de la causa don Bruno Eneas Casale Morrison rechazó la demanda interpuesta en todas sus partes, sin costas. Contra ese fallo la parte demandante, por medio de la abogada doña Javiera Álvarez Vera, dedujo recurso de nulidad fundado en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, por haberse dictado la sentencia con infracción de ley, vicio que influye sustancialmente en lo dispositivo del fallo. Reprocha a la sentencia el haber infringido lo dispuesto en el artículo 160 N°7 del Código del Trabajo, que establece la causal de despido invocada por el empleador, en relación a su artículo 162, planteando que la sentencia incurre en una interpretación y aplicación errónea de dichas normas en sus
Fundamentos
considerandos undécimo a décimo tercero, en particular la calificación de grave aplicada al incumplimiento de las obligaciones impuestas por el contrato de trabajo, por cuanto para establecerla sería necesario que éste sea reiterado, revelando imprudencia, indisciplina e irresponsabilidad habituales, y de entidad o importancia suficiente, con especial trascendencia negativa y efecto perjudicial en el ámbito laboral de la prestación del servicio, debiendo además tratarse de una obligación incumplida y que se encuentre expresamente indicada en el contrato. Sobre lo anterior cuestiona que la sentencia estableciera como tal un incumplimiento de prohibición prevista en el reglamento interno y no en el contrato, sin que exista reiteración de la conducta, que no se revestiría de la suficiente gravedad por cuanto el encontrarse el actor, auxiliar de un bus de pasajeros de la demandante, bajo los efectos del alcohol pero durante su tiempo de descanso y no dentro de su jornada laboral, corresponde a antecedentes que no fueron estimados por el tribunal y que no reunirían el requisito necesario para la desvinculación laboral con causa atribuible al trabajador y las funciones que le correspondía realizar. Cita en apoyo de su posición, sentencias que han desestimado despidos sobre “falta de probidad” en relación a situaciones únicas de estado de ebriedad del trabajador, concluyendo por analogía que ello tampoco configuraría la causal de incumplimiento grave a sus obligaciones, ante lo cual manifiesta que el actor no incumplió sus obligaciones en relación a su condición de ebriedad ocurrida durante su horario de descanso. Estima que ese error en la interpretación de los requisitos para configurar aquella causal de despido invocada por el empleador, influye sustancialmente en lo dispositivo del
Fallo
fallo la parte demandante, por medio de la abogada doña Javiera Álvarez Vera, dedujo recurso de nulidad fundado en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, por haberse dictado la sentencia con infracción de ley, vicio que influye sustancialmente en lo dispositivo del fallo. Reprocha a la sentencia el haber infringido lo dispuesto en el artículo 160 N°7 del Código del Trabajo, que establece la causal de despido invocada por el empleador, en relación a su artículo 162, planteando que la sentencia incurre en una interpretación y aplicación errónea de dichas normas en sus considerandos undécimo a décimo tercero, en particular la calificación de grave aplicada al incumplimiento de las obligaciones impuestas por el contrato de trabajo, por cuanto para establecerla sería necesario que éste sea reiterado, revelando imprudencia, indisciplina e irresponsabilidad habituales, y de entidad o importancia suficiente, con especial trascendencia negativa y efecto perjudicial en el ámbito laboral de la prestación del servicio, debiendo además tratarse de una obligación incumplida y que se encuentre expresamente indicada en el contrato. Sobre lo anterior cuestiona que la sentencia estableciera como tal un incumplimiento de prohibición prevista en el reglamento interno y no en el contrato, sin que exista reiteración de la conducta, que no se revestiría de la suficiente gravedad por cuanto el encontrarse el actor, auxiliar de un bus de pasajeros de la demandante, bajo los efectos del
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, quince de octubre de dos mil veintiuno. Vistos: Se sustanció causa RIT O-204-2019 del Juzgado de Letras del Trabajo de Castro, caratulada “Saldivia con Transportes Cruz del Sur”, en procedimiento de aplicación general sobre declaración de despido injustificado y cobro de prestaciones. Por sentencia definitiva de treinta de marzo de dos mil diecinueve, el juez de la causa don Bruno
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica