JUZGADO DE GARANTIA DE ARICA

MINISTERIO PUBLICO C/ BRAYAN ANDRES CORTES GARFIAS

Rol

Fecha

15 de octubre de 2021

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en estrado, de los cuales se desprende que en la especie concurren todas y cada una de las hipótesis que consigan el artículo 140 del Código Procesal Penal, y específicamente en relación al que contempla la letra c) se estima que la libertad del imputado, al menos por el momento, resulta peligrosa para la seguridad de la sociedad, habida consideración a la cantidad de hechos punibles que se le imputa como asimismo la gravedad de la pena asignada por la ley, al menos uno de ellos, además que con anterioridad ha sido condenado por delito al que la ley señale igual o mayor pena, SE REVOCA la resolución de catorce de octubre del presente año, que revocó la prisión preventiva de Brayan Andrés Cortés Garfias, dictada en la causa RIT O-5600-2021, RUC N° 2110032990-2, del Juzgado de Garantía de esta ciudad, y en su lugar se declara que se mantiene la medida cautelar del mentado Cortés Garfias. Acordada con el voto en contra del Ministro, señor, José Delgado Ahumada quien estuvo por confirmar la resolución recurrida, compartiendo los argumentos del juez de Garantía, por estimar que las medidas cautelares decretadas por éste son suficientes para asegurar los fines del procedimiento. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 378-2021 Penal.

Fallo

se declara que se mantiene la medida cautelar del mentado Cortés Garfias. Acordada con el voto en contra del Ministro, señor, José Delgado Ahumada quien estuvo por confirmar la resolución recurrida, compartiendo los argumentos del juez de Garantía, por estimar que las medidas cautelares decretadas por éste son suficientes para asegurar los fines del procedimiento. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 378-2021 Penal.

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Arica, quince de octubre de dos mil veintiuno. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en estrado, de los cuales se desprende que en la especie concurren todas y cada una de las hipótesis que consigan el artículo 140 del Código Procesal Penal, y específicamente en relación al que contempla la letra c) se estima que la libertad del imputado, al menos por

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