AGRICOLA Y COMERCIAL ALFREDO PEREZ Y CIA. / MELENDEZ. ACUMULADA ROL N° 1911-2019 D.
Rol
Fecha
14 de octubre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los razonamientos sexto y séptimo. Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°) Que la tercería de pago procede desde que se traba embargo en bienes del ejecutado hasta antes que se pague la deuda al acreedor, pues con ese acto el monto atinente pasa a dominio de este último. 2°) Que del examen de los cuadernos principal, de apremio y de tercería, aparece que la tercería de pago se dedujo después de haberse pagado al ejecutante. 3°) Que las razones precedentes, contenidas en el libelo de apelación de ese actor, son suficientes para enmendar la decisión en alzada en la forma solicitada por él. 4°) Que, en cambio y consecuente con lo anterior, debe desestimarse la pretensión del tercerista, expresada en su recurso de apelación, en orden a condenar en costas a sus contendientes. Y de acuerdo, además, a lo dispuesto en los artículos 145, 186, 518 N° 4, 521 y 527 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la sentencia de once de septiembre de dos mil diecinueve y en su lugar
Fallo
se declara que se rechaza la tercería de pago, sin costas, por estimarse que el tercerista tuvo motivo plausible para litigar, debiendo estarse a lo antes resuelto en cuanto a la apelación de este último. Redacción del Ministro don Hernán González García. Regístrese y devuélvase en su oportunidad. Roles N° 1910-2019 y 1911-20197Civil. Se deja constancia que no firma el Abogado Integrante don Ruperto Pinochet Olave, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo, por encontrarse ausente.
Texto Completo (Preview)
Talca, catorce de octubre de dos mil veintiuno. VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los razonamientos sexto y séptimo. Y CONSIDERANDO: 1°) Que la tercería de pago procede desde que se traba embargo en bienes del ejecutado hasta antes que se pague la deuda al acreedor, pues con ese acto el monto atinente pasa a dominio de este último. 2°) Que del examen de los cuadernos
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