QUEZADA PEÑA JOSE LUIS / SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO (A LA VISTA INGRESO CORTE N° 2971-2021)
Rol
Fecha
14 de octubre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado don José Luis Quezada Peña, en representación de la parte demandada principal, en los autos RIT O-2122-2021, caratulados “Jiménez con Yokogawa Amércia Do Sul y otra”, seguidos ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, interponiendo recurso de hecho en contra de la resolución dictada en audiencia preparatoria de treinta de agosto del presente año, en cuya virtud fue concedido un recurso de apelación interpuesto por la demandante en contra de la resolución dictada en la misma audiencia, que acogió la excepción de finiquito interpuesta por las demandadas, a fin que se declare inadmisible el referido recurso de apelación. Segundo: Que, fundando su recurso expone, en síntesis, que la apelación carece de
Fundamentos
fundamentos y de peticiones concretas, pues la demandante se limitó a dar por reproducidos los fundamentos de hecho y de derecho que indicó al evacuar el traslado conferido a su parte, respecto de la excepción de finiquito y, al solicitar la petición concreta, solamente pidió que se concediera el recurso para ante la Corte de Apelaciones de Santiago y se revocara la resolución dictada. Lo anterior, incumple la norma del artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, por lo cual el recurso no debió concederse. Tercero: Que, del mérito del Ingreso Corte Nº 2971-2021, tenido a la vista, es posible advertir que en la audiencia preparatoria señalada por el recurrente, efectivamente se acogió la excepción de finiquito, contra lo cual el demandante apeló, concediéndose la apelación en ambos efectos. Cuarto: Que los fundamentos del recurso de hecho deducido, atacan materias que inciden en la admisibilidad del recurso, lo que corresponde evaluar a la Sala de esta Corte que se pronuncie sobre ese aspecto de la apelación, razón por la cual el recurso de hecho será rechazado.
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además, lo dispuesto en los artículos 196 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho deducido. Comuníquese lo resuelto a primera instancia a objeto que el señor juez a quo tome conocimiento de lo antes resuelto. Agréguese copia autorizada del presente fallo en la causa Ingreso Corte N° 2971-2021. Regístrese y, en su oportunidad, archívese. Laboral-Cobranza N° 3202-2021.- Pronunciada por la Duodécima Sala, presidida por el Ministro señor Tomás Gray Gariazzo, e integrada, además, por los Ministros (S) señor Alejandro Aguilar Brevis y señor Rodrigo García León. En Santiago, catorce de octubre de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, catorce de octubre de dos mil veintiuno. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado don José Luis Quezada Peña, en representación de la parte demandada principal, en los autos RIT O-2122-2021, caratulados “Jiménez con Yokogawa Amércia Do Sul y otra”, seguidos ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, interponiendo recurso de hecho en
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