JORGE MAURICIO VERGARA FIGUEROA CONTRA TERCER JUZGADO DEL CRIMEN AÑO 2001
Rol
Fecha
14 de octubre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1, comparece Jorge Mauricio Vergara Figueroa, quien recurre de amparo en contra del Tercer Juzgado del Crimen de Valparaíso por cuanto sostiene que mantiene orden de arraigo vigente de dicha magistratura fundado en causa penal en que resultó condenado por el delito de manejo en estado de ebriedad. Sostiene que es efectiva la existencia de la causa, pero asegura que la pena impuesta se encuentra cumplida y que por lo tanto la orden de arraigo que afecta de manera ilegítima su libertad de desplazamiento debe ser dejada sin efecto. A folio 4 evacua informe la Prefectura Provincial de Valparaíso, quien confirma los antecedentes incorporados al proceso en cuanto a la existencia respecto del amparado de una orden de impedimento de salida del país desde el 08 de noviembre de 2011 en causa Rol 589 del Tercer Juzgado del Crimen de Valparaíso. A folio 7 evacua informe la Magistrado Titular del Primer Juzgado de Letras de Valparaíso, continuador legal del Tercer Juzgado del Crimen de la misma comuna. Asegura que los hechos expuestos en el recurso son efectivos y que el amparado ha requerido en dicha magistratura un certificado de cumplimiento de condena. Revisados los antecedentes, la pena impuesta se encuentra cumplida y la multa pagada. Atendido lo expuesto, se dejó sin efecto la orden de arraigo que sustenta este arbitrio por cuanto aquella carece de fundamento legal. Lo anterior fue informado a las autoridades correspondientes mediante oficio de fecha 08 de octubre del presente año. A folio 9, con estos antecedentes, se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: Primero: Que el recurso de amparo solicita se deje sin efecto una orden de arraigo que se mantuvo vigente, originada en causa penal cuya sanción impuesta fue cumplida por el amparado. Segundo: Que, el Juez informante dio cuenta de la efectividad de los hechos y que la orden de arraigo actualmente carece de sustento jurídico por cuanto la pena impuesta se encuentra cumplida. Dicho lo anterior, dio cuenta además de haber oficiado a las entidades públicas correspondientes dejando sin efecto la aludida orden. Tercero: Que, en el orden de ideas descrito, el sustento fáctico del presente arbitrio ha sido solucionado por la autoridad competente por lo que este recurso de amparo ha perdido oportunidad.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se declara que, se rechaza la acción constitucional de amparo deducida en favor de Jorge Mauricio Vergara Figueroa. Comuníquese, notifíquese, regístrese y archívese. N°Amparo-2199-2021. En Valparaíso, catorce de octubre de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, catorce de octubre de dos mil veintiuno. Visto: A folio 1, comparece Jorge Mauricio Vergara Figueroa, quien recurre de amparo en contra del Tercer Juzgado del Crimen de Valparaíso por cuanto sostiene que mantiene orden de arraigo vigente de dicha magistratura fundado en causa penal en que resultó condenado por el delito de manejo en estado de ebriedad. Sostiene q
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