HERNÁNDEZ/MUNICIPALIDAD DE PADRE LAS CASAS
Rol
Fecha
13 de octubre de 2021
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTO: Que atendido el mérito de los antecedentes, y lo dispuesto en los artículos 187 y 189 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Carlos Fonseca Ávila, en contra de la resolución de fecha veintitrés de julio de dos mil veintiuno, por improcedente atendida su forma de interposición y la naturaleza de la resolución recurrida. Devuélvase. Civil-774-2021.(fcv)
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Carlos Fonseca Ávila, en contra de la resolución de fecha veintitrés de julio de dos mil veintiuno, por improcedente atendida su forma de interposición y la naturaleza de la resolución recurrida. Devuélvase. Civil-774-2021.(fcv)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, trece de octubre de dos mil veintiuno. Al escrito folio 7: A lo principal y al primer otrosí: Téngase presente. Al segundo otrosí: Por acompañado, con citación. VISTO: Que atendido el mérito de los antecedentes, y lo dispuesto en los artículos 187 y 189 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don
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