C/ JORGE MAURICIO SALAZAR ANACONA Y OTRO. DTE. M.P.
Rol
Fecha
13 de octubre de 2021
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en audiencia, compartiendo estos sentenciadores los argumentos y
Fundamentos
fundamentos consignados por el Juez a quo en la resolución apelada, y atendido lo dispuesto en los artículos en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Pena, SE CONFIRMA resolución de fecha dos de octubre de dos mil veintiuno dictada por el Juzgado de Garantía de La Serena, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva de los imputados Jorge Mauricio Salazar Anacona y Yelmir Ignacio Villanueva Villanueva por peligro para la seguridad de la sociedad. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal y actúa como ministro de fe el relator (I) señor Eduardo Silva Jerez. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 1211-2021 Penal.- La Serena, trece de octubre de dos mil veintiuno, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
La Serena, trece de octubre de dos mil veintiuno. Siendo las 09:44 horas, ante la Primera Sala de esta Corte presidida por el Ministro Titular señor Christian Le-Cerf Raby, e integrada por el Ministro Suplente señor Jorge Corrales Sinsay y el Abogado Integrante señor Fernando Roco Pinto, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución dicta
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