MP C/ FERNANDO ANDRES REYES MUNOZ
Rol
Fecha
12 de octubre de 2021
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO. ART. 442.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes expuestos en audiencia y teniendo presente que de su examen se concluye que en esta etapa de la investigación se encuentran suficientemente establecidos los requisitos del artículo 140 del Código Procesal Penal, en especial el de la letra c), en cuanto a que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, atendido que actuaron conjunta y planificadamente, llegaron desde otra ciudad a cometer el delito a esta región para facilitar su impunidad, registrando en sus extractos de filiación, entre ambos, más de 30 condenas por delitos de robo a lo que se adiciona que existe un inminente peligro de fuga atendido que ambos imputados señalaron no tener domicilio en esta región y visto, además, lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada por el Juez del Juzgado de Letras y Garantía de Puerto Natales, en audiencia de cuatro de octubre del año en curso, por la cual impuso la medida de prisión preventiva respecto de los imputados Fernando Andrés Reyes Muños y Miguel Alexis Reyes Muñoz. Comuníquese lo resuelto al Juzgado a quo. Rol N°164-2021. Penal.
Texto Completo (Preview)
Punta Arenas, doce de octubre de dos mil veintiuno. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes expuestos en audiencia y teniendo presente que de su examen se concluye que en esta etapa de la investigación se encuentran suficientemente establecidos los requisitos del artículo 140 del Código Procesal Penal, en especial el de la letra c), en cuanto a que la libertad de los imputados constituye u
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