ESPINOZA/ÁLVAREZ
Rol
Fecha
12 de octubre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: 1- Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 196 y 200 del Código de Procedimiento Civil, la parte agraviada tiene el plazo de cinco días para recurrir de hecho, plazo que se aumenta en la misma forma que el de emplazamiento para deducir demandas. 2- Que, consta en autos que no se ha acompañado la resolución recurrida, ni se ha indicado por el recurrente la fecha en que se dictó la misma por el tribunal recurrido, además de ser ininteligible el recurso presentado a folio 1. Por estas reflexiones y de conformidad con lo dispuesto en normas antes mencionadas, se declara inadmisible el recurso de hecho interpuesto el 7 de octubre del año en curso. Regístrese y archívese. N°Civil-1052-2021.
Fallo
Por estas reflexiones y de conformidad con lo dispuesto en normas antes mencionadas, se declara inadmisible el recurso de hecho interpuesto el 7 de octubre del año en curso. Regístrese y archívese. N°Civil-1052-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción ams Concepción, doce de octubre de dos mil veintiuno. A la presentación de folio 1: Visto: 1- Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 196 y 200 del Código de Procedimiento Civil, la parte agraviada tiene el plazo de cinco días para recurrir de hecho, plazo que se aumenta en la misma forma que el de emplazamiento para deducir demandas. 2- Que, consta en autos que
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