JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE IQUIQUE

ST. PATRICK S.A. CON INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO CURACAVI

Rol

Fecha

12 de octubre de 2021

Materia

RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: En estos autos RUC N° 2140315414-5, RIT I-3-2021, el señor Juez del Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique, don Francisco Vargas Vera, dictó sentencia el 8 de septiembre de 2021, rechazando la reclamación deducida por la empresa ST. PATRICK S.A., en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Iquique. En contra de dicha sentencia, la reclamante, representada por el abogado don Patricio Mira Duarte, interpuso recurso de nulidad, invocando las causales previstas en el artículo 477, primera y segunda parte, del Código del Trabajo, que dedujo en forma subsidiaria una de otra. A la audiencia de rigor, concurrió por la reclamante el abogado ya nombrado, mientras que por la Inspección Provincial del Trabajo lo hizo la abogada doña Natalia Avendaño López.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la recurrente, junto con transcribir íntegramente la sentencia impugnada, señala como causal principal, aquella establecida en la primera parte del artículo 477 del Código del Trabajo, por cuanto en la dictación de sentencia se ha infringido sustancialmente derechos o garantías constitucionales, como lo es, la consagrada en el artículo 19 N° 3, inciso 4, de la Constitución Política, que señala: “Nadie puede ser juzgado por comisiones especiales, sino por el tribunal que señalare la ley y que se hallare establecido por ésta con anterioridad a la perpetración del hecho”. Indica que entre los fundamentos de la reclamación judicial, sostuvo que su parte habría negado en la fiscalización la relación laboral con la trabajadora Nicole González Castillo, desde el 2 de octubre al 23 de noviembre de 2020, y que el actuar de la Inspección del Trabajo al cursar las multas excede ilegalmente sus facultades, al dar por sentado un vínculo laboral inexistente, facultad interpretativa que sólo le compete a los Tribunales de Justicia, cuestión ampliamente resuelta por la jurisprudencia. Citando un

Fallo

fallo de la Excma. Corte Suprema, de 3 de agosto de 1998, Rol 2348-98, señala que en este caso, la Inspección del Trabajo excedió sus facultades al aplicar una multa a su parte, calificándola como empleador de la Sra. González, pese a que en la etapa de fiscalización se negó la relación laboral y se entregó copia de la boleta de honorarios que vinculaba a dicha trabajadora con otro empleador, como lo era la Sociedad Comercial 20 Grados Sur Limitada. Afirma que la interpretación efectuada por la Inspección del Trabajo, al dar por sentada una relación laboral inexistente, pese a haberse negado, excede a todas luces sus facultades legales, vulnerándose con ello la garantía constitucional del artículo 19 N° 3 inciso 4 de la Constitución Política, antes citada, de manera que la sentencia recurrida al rechazar la reclamación judicial y confirmar la multa, ha avalado y ha hecho suya el actuar ilegal de la Inspección del Trabajo, configurándose de este modo la causal alegada. SEGUNDO: Que en segundo lugar, y en forma subsidiaria de la anterior, invoca la causal consignada en el artículo 477 segunda parte del Código del Trabajo, pues la sentencia fue dictada con infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, particularmente el artículo 420 letra a) del Código del Trabajo. Junto con reproducir esta última norma, reitera que la Inspección del Trabajó al aplicar las multas dio por sentada una relación laboral inexistente, proceso interpretativo que sólo

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Iquique, doce de octubre de dos mil veintiuno. VISTO: En estos autos RUC N° 2140315414-5, RIT I-3-2021, el señor Juez del Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique, don Francisco Vargas Vera, dictó sentencia el 8 de septiembre de 2021, rechazando la reclamación deducida por la empresa ST. PATRICK S.A., en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Iquique. En contra de dicha sentencia, la

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