ORTA BERMUDEZ YLSE DEL VALLE/MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rol
Fecha
12 de octubre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Claudio Quiroga Hinojosa quien interpone recurso de amparo en nombre a favor de doña Ylse Del Valle Orta Bermúdez, venezolana, a causa del cierre y rechazo del procedimiento de solicitud de visa consular de Responsabilidad Democrática de la amparada, decretado por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Funda su recurso en que en Venezuela existe una grave crisis humanitaria que involucra la violación de derechos fundamentales, y en el caso de la emparada, ingresó con fecha 29 de junio de 2019 una solicitud de visa de responsabilidad Democrática N° 1026588, con el fin de establecerse junto a su hijo Álvaro Alejandro Orta Bermúdez, residente en Santiago, comuna de Independencia, desde el 27 de mayo de 2015. Señala que el 3 de mayo de 2020 el equipo de soporte Sistema de Atención Consular del Ministerio de Relaciones exterior le informa a la amparada, que dado que se mantienen las medidas adoptadas por las autoridades venezolanas, respecto del cierre de espacios públicos, las citas para presentar requisitos para visas de responsabilidad democráticas se encuentran suspendidas desde el 16 de marzo pasado. Todas las citas informadas a partir del 16 de marzo de 2020, serán re-programadas luego que las medidas restrictivas sean levantadas, informando oportunamente las nuevas fechas de presentación. Luego, el 11 de noviembre de 2020, recibió correo electrónico proveniente de Cancillería de Chile, mediante el cual se informó el cierre de su procedimiento y rechazo de su solicitud de Visa de Responsabilidad Democrática, y que la razón era que se había expedido un decreto por la crisis sanitaria proveniente del virus SARS-COV 2, que ordenada el cierre de fronteras. Alega que el mencionado correo fue enviado en forma masiva a quienes se encontraban en trámite de la visa, desconociendo las razones particulares que motivaron el rechazo de su solicitud, por lo que se encuentra en un estado de incertidumbre e indefensión, y
Fallo
por tanto el plazo que tenía la recurrente para ingresar a Chile se encuentra vencido. Sostiene que al haberse aprobado la solicitud y estampado la visa en su pasaporte, el procedimiento administrativo ha concluido. Al existir un acto terminal positivo, el Ministerio no tiene facultades para otorgar una nueva visa sino mediante un nuevo procedimiento legal, previa solicitud por parte del interesado, debiendo cumplir con cada uno de los requisitos de visación a la fecha de su solicitud. Destaca que la solicitud de visa de responsabilidad democrática fue procesada de principio a fin, con resultado favorables para la amparada, toda vez que se le otorgó, fue estampada en su pasaporte, pero por razones personales no utilizó en el tiempo señalado en el documento. En segundo lugar, sostiene que el recuro de amparo no procede, toda vez que la amparada no se encuentra arrestada, detenida o presa situación que ha sido corroborada por los Tribunales Superiores de Justicia en Jurisprudencia reciente de la Excelentísima Corte Suprema, causas rol N°11510-2021 y N° 11512-2021 ; En tercer lugar, indica que existe un cierre de fronteras para enfrentar la pandemia por COVID-19, siendo la medida anunciada hasta el 30 de septiembre de 2021 mediante Decreto N° 221 de 27 de agosto de 2021 y luego, por Decreto Supremo N° 245 se dispuso el cierre temporal de los lugares habilitados para el ingreso y egreso de extranjeros, por emergencia de salud pública de importancia internacional por brote de c
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C.A. de Santiago Santiago, doce de octubre de dos mil veintiuno. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Claudio Quiroga Hinojosa quien interpone recurso de amparo en nombre a favor de doña Ylse Del Valle Orta Bermúdez, venezolana, a causa del cierre y rechazo del procedimiento de solicitud de visa consular de Responsabilidad Democrática de la amparada, decretado por el Ministerio
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