M.P C/ JEAN PIERRE VARAS CELIS
Rol
Fecha
12 de octubre de 2021
Materia
CULTIVO/COSECHA ESPECIES VEGETALES PRODUCTORAS ESTUPEF. ART. 8
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Oídos los intervinientes y teniendo presente que en el actual estadio procesal se observan antecedentes suficientes que permiten sostener la existencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación a los delitos por los cuales se ha formalizado investigación y la eventual participación del imputado en los mismos, esta Corte estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la naturaleza y gravedad de la pena asignada a los ilícitos materia de la formalización, circunstancias de su comisión y antecedentes pretéritos, de conformidad a lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Por lo anteriormente señalado y lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de uno de octubre del año en curso, por el 12°Juzgado de Garantía de Santiago que decretó la medida cautelar de internación provisoria respecto del imputado Jean Pierre Varas Celis. Devuélvase vía interconexión. N° 2841-2021-Penal.
Texto Completo (Preview)
Fecha: doce de octubre de dos mil veintiuno. Sala: Sexta-Zoom. Rol Corte: 2841-2021. Ruc: 2100284733-4. Rit: 1935-2021. Tribunal: 12° Juzgado de Garantía de Santiago. Fiscal: Marcos Pastén Campos. Defensor: Ricardo Cornejo. Tipo de Recurso: Apelación de medida cautelar. Imputado: Jean Pierre Varas Celis. Escritos proveídos en audiencia: 2. San Miguel, doce de octubre de dos mil veintiuno. Vi
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