CONDOMINIO MIRAMAR EL TABITO/MENDOZA
Rol
Fecha
8 de octubre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, estimando esta Corte que los hechos descritos en el libelo exceden a los fines y naturaleza de esta acción cautelar y de excepción, toda vez que se refieren al cumplimiento de una medida cautelar, cuestión que debe ventilarse en sede penal y, en cuanto a las eventuales amenazas, también deben denunciarse ante el organismo llamado a investigarlas y, visto lo dispuesto en el numeral dos del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se declara inadmisible el arbitrio de inicio. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Se deja constancia que la firma del Ministro Suplente Sr. Palma no se registra por razones informáticas. N°Protección-43959-2021.
Fallo
se declara inadmisible el arbitrio de inicio. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Se deja constancia que la firma del Ministro Suplente Sr. Palma no se registra por razones informáticas. N°Protección-43959-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, ocho de octubre de dos mil veintiuno. Proveyendo a folio 1 “ingreso recurso” A todo: Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, estimando esta Corte que los hechos descritos en el libelo exceden a los fines y naturaleza de esta acción cautelar y de excepción, toda vez que se refieren al cumplimiento de una medida cautelar, cuestión que debe ventilarse en sede pen
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