18º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

ITAU CORPBANCA/MONETTA MORALES ENRIQUE ACUM. ING. CORTE 4578-2020.

Rol

Fecha

8 de octubre de 2021

Materia

OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo, unicamente, presente: Que el inciso segundo del artículo 486 del Código de Procedimiento Civil dispone que “En este caso la tasación se practicará por peritos nombrados en la forma que dispone el artículo 414, haciéndose el nombramiento en la audiencia del segundo día hábil después de notificada la sentencia sin necesidad de nueva notificación”, se confirman, en lo apelado, las resoluciones de cuatro de noviembre y veintiuno de noviembre, ambas del año dos mil diecinueve y dictadas por el 18° Juzgado Civil de Santiago. Devuélvase. N°Civil-4577-2020 (acum. Civil 4578-2020). Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Verónica Sabaj Escudero, conformada por el Ministro suplente señor Rodrigo Carvajal Schnettler y el Abogado Integrante señor Cristián Lepin Molina.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, ocho de octubre de dos mil veintiuno. Vistos y teniendo, unicamente, presente: Que el inciso segundo del artículo 486 del Código de Procedimiento Civil dispone que “En este caso la tasación se practicará por peritos nombrados en la forma que dispone el artículo 414, haciéndose el nombramiento en la audiencia del segundo día hábil después de notificada la sentencia sin n

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica