DIRECCION DE SEGURIDAD CIUDADANA FISCALIZACION Y EMERGENCIA COMUNAL ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA FLORIDA - VTR GLOBAL COM.SPA
Rol
Fecha
18 de octubre de 2021
Materia
SIN MATERIA
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y tenido presente: 1.- Que en estos autos la sentencia que motiva el presente recurso fue notificada a la parte recurrente por carta certificada, recepcionada en la oficina de Correos de Chile el cinco de agosto de dos mil veintiuno, según consta en la certificación de fojas 67. 2.- Que de conformidad a lo dispuesto 32 de la Ley 18.287, el plazo para recurrir en contra de las sentencias definitivas es de cinco días, contados desde la notificación. 3.- Que el artículo 18, del mismo cuerpo legal, agrega que la notificación por carta certificada se entenderá practicada al quinto día, contado desde la fecha de su recepción en la Oficina de Correos, esto es el día once de agosto de dos mil veintiuno, y el recurso de apelación fue interpuesto el día diecinueve del mismo mes y año, esto es en forma extemporánea, razón por la cual no puede ser admitido a tramitación. Y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 18 y 32 de la Ley N° 18.287 que establece Procedimiento ante los Juzgados de Policía Local, se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto a fojas 51 y siguientes, concedido a fojas 59, contra la sentencia de fecha veintiséis de julio del dos mil veintiuno, escrita a fojas 48 y siguientes, de estos autos. Regístrese y devuélvase. N°Policia Local-2266-2021.
Fallo
se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto a fojas 51 y siguientes, concedido a fojas 59, contra la sentencia de fecha veintiséis de julio del dos mil veintiuno, escrita a fojas 48 y siguientes, de estos autos. Regístrese y devuélvase. N°Policia Local-2266-2021.
Texto Completo (Preview)
Foja: 68 mplb C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de octubre de dos mil veintiuno. Por recibidos los antecedentes desde primera instancia. Téngase por cumplido lo ordenado a fojas 64, con fecha veintisiete de septiembre de dos mil veintiuno. Proveyendo derechamente a fojas 63: a todo, estese a lo que se resolverá: Vistos y tenido presente: 1.- Que en estos autos la sentencia que motiva el prese
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