LÓPEZ HIDALGO ERICK/ GONZÁLEZ MOLINA JUAN
Rol
Fecha
7 de octubre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: 1°) Que comparece el abogado don Alejandro Méndez Romero, en representación del demandado don Erick López Hidalgo, en los autos ordinarios por demanda de nulidad de contrato, caratulados: “Hidalgo con López”, rol C-20.878-2015, ventilados ante el Trigésimo Juzgado Civil de Santiago, interponiendo recurso de hecho en contra de la resolución de fecha diecisiete de junio de dos mil veintiuno, a través de la cual, se denegó la apelación intentada por su parte, respecto de la providencia dictada el cuatro de junio de los corrientes, por cuya virtud se desestimó una reposición incoada por su parte. Explica, en lo pertinente al recurso, que se denegó en forma contraria a derecho la apelación que dedujo, ya que con ello se vulneró el artículo 181 del Código de Procedimiento Civil, por lo que pide a esta Corte que acoja el presente arbitrio y, en definitiva, enmiende con arreglo a derecho la resolución errónea pronunciada por el inferior acerca del rechazo de la apelación interpuesta. 2°) Que, informando al tenor del recurso, el señor Francisco Javier Schwalm Davis, juez subrogante del Trigésimo Juzgado Civil de Santiago, dio cuenta a esta Corte que, en el marco del proceso actualmente afinado por sentencia definitiva que desestimó la demanda, no dio lugar a la apelación que incide en estos autos, por estimar que la naturaleza de la resolución recurrida es la de un decreto que no es susceptible de ser atacado a través de dicho medio de impugnación, en los términos del artículo 188 del Código de Procedimiento Civil. 3°) Que el artículo 158 del Código de Procedimiento Civil, establece que se llaman decretos, providencias o proveídos, las resoluciones que sin fallar sobre incidentes o sobre trámites que sirvan de base para el pronunciamiento de una sentencia, tienen sólo por objeto determinar o arreglar la substanciación del proceso. 4°) Que, del mérito de los antecedentes, resulta claro que la resolución objeto de la apelación denegada, que es aquella que rechazó l
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 203 y 205 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho interpuesto por el abogado don Alejandro Méndez Romero, contra la resolución de diecisiete de junio de dos mil veintiuno, dictada por el Trigésimo Juzgado Civil de Santiago, en los autos rol C-20.878-2015. Regístrese, comuníquese y archívese. Ingreso Civil N°5.398-2021 (Hecho).- Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Verónica Sabaj Escudero, conformada por los Ministros suplentes señor Alejandro Aguilar Brevis y señor Rodrigo Carvajal Schnettler.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, siete de octubre de dos mil veintiuno. Vistos: 1°) Que comparece el abogado don Alejandro Méndez Romero, en representación del demandado don Erick López Hidalgo, en los autos ordinarios por demanda de nulidad de contrato, caratulados: “Hidalgo con López”, rol C-20.878-2015, ventilados ante el Trigésimo Juzgado Civil de Santiago, interponiendo recurso de hecho en contra
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