1º JUZGADO DE LETRAS DE MELIPILLA

JUAN BAUTISTA VALDIA PINTO CON CECILIA DEL CARMEN VALDIVIA AROS

Rol

Fecha

6 de octubre de 2021

Materia

CONTRATO, NULIDAD DE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que las alegaciones vertidas en el recurso de apelación, referidas al fallecimiento del actor y la circunstancia de ser la demandada heredera del mismo, no logran alterar las conclusiones a que ha arribado la sentencia impugnada, puesto que no dicen relación con la controversia a más de no haberse aparejado la posesión efectiva del causante, que permita determinar quién o quiénes son sus herederos. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia de diecisiete de diciembre de dos mil veinte, recaída en los autos Rol C-580-2018 del Primer Juzgado de Letras de Melipilla. Regístrese y devuélvase. N° 852-2021 Civil. Pronunciada por la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones de San Miguel, integrada por las ministras Adriana Sottovia Giménez y Claudia Lazen Manzur y la Fiscal Judicial Tita Aránguiz Zúñiga.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia de diecisiete de diciembre de dos mil veinte, recaída en los autos Rol C-580-2018 del Primer Juzgado de Letras de Melipilla. Regístrese y devuélvase. N° 852-2021 Civil. Pronunciada por la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones de San Miguel, integrada por las ministras Adriana Sottovia Giménez y Claudia Lazen Manzur y la Fiscal Judicial Tita Aránguiz Zúñiga.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, seis de octubre de dos mil veintiuno. Vistos y teniendo presente: Que las alegaciones vertidas en el recurso de apelación, referidas al fallecimiento del actor y la circunstancia de ser la demandada heredera del mismo, no logran alterar las conclusiones a que ha arribado la sentencia impugnada, puesto que no dicen relación con la controversia a más de no haberse aparejado la posesión

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