SIN INFORMACION

BANCO DE CHILE/

Rol

Fecha

5 de octubre de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de sus

Fundamentos

considerandos Quinto, Sexto, Séptimo y Octavo, que se eliminan. Y teniendo en su lugar y, además, presente: Primero: Que tal como ha dicho anteriormente esta Corte, en el caso en examen, la recurrente solicitó la autorización de Carabineros para el reemplazo temporal del vigilante privado, tal como consta del correo electrónico de fojas 5 y la negativa de la autoridad policial resultó desprovista de todo fundamento, colocando a la empresa en una situación imposible, pues no podía hacer funcionar la sucursal sin vigilante, ni podía reemplazar a éste. Segundo: Que en consecuencia, la infracción aparente es sólo formal, y el banco no tenía cómo evitarla, de manera tal que cabe acoger sus descargos y absolverlo de toda sanción. Tercero: Que, por lo demás, el banco denunciado lo fue por haber incurrido en la infracción prevista en el artículo 3°, inciso séptimo, del D.L 3067, en relación con el artículo 4° del Decreto Exento 1122, y el

Fallo

fallo de primera instancia estimó por configurada la infracción del artículo 5 bis del Decreto Ley 3607, del Ministerio del Interior y su Reglamento contenido en el Decreto Supremo N° 93 del Ministerio de Defensa Nacional, con lo cual no se ha guardado la debida congruencia entre el hecho denunciado que se atribuye al Banco de Chile y aquella conducta por la cual se le pretendió sancionar en estos autos, lo que lleva también a dictar sentencia absolutoria a favor de este último. Y visto lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la ley 18.287, se revoca la sentencia apelada de fecha treinta de diciembre de dos mil diecinueve, dictada por el Juzgado de Policía Local de Quintero, y en su lugar se declara que se absuelve al denunciado Banco de Chile del cargo infraccional formulado conforme parte denuncia de fojas 1 de los antecedentes Regístrese y devuélvase. NºPolicía Local-111-2020.

Texto Completo (Preview)

Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, cinco de octubre de dos mil veintiuno. VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de sus considerandos Quinto, Sexto, Séptimo y Octavo, que se eliminan. Y teniendo en su lugar y, además, presente: Primero: Que tal como ha dicho anteriormente esta Corte, en el caso en examen, la recurrente solicitó la autorización de Carabineros para el reemplazo te

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