CRESPO/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACION DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rol
Fecha
4 de octubre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que, con fecha seis de mayo del año en curso comparece don Sergio Aburto Mayorga, abogado, por doña Leydis Crespo Pérez, cubana, licenciada en microbiología, ambos con domicilio para estos efectos en calle Estado N°215 oficina 910, comuna de Santiago, Región Metropolitana, quien deduce acción de protección de garantías constitucionales en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, representado legalmente por don Álvaro Bellolio Avaria, ambos con domicilio en Avenida Matucana 1223, comuna de Santiago, por no otorgar duplicado de estampado provisorio electrónico de visa temporaria que le impide tramitar la permanencia definitiva, lo que estima constituye un acto ilegal y arbitrario que afecta la garantía consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expresa que ingresó irregularmente al país el 4 de enero de 2018 junto a su “compañero de vida” Yoanky Vega Vásquez, sus hijos Alain Daniel y Diego Alejandro ambos de apellidos Vega Crespo y su madre Milagro Pérez Reguera. En el mes de abril de 2018 comenzó proceso de regularización extraordinaria y el 31 de octubre de 2018 le otorgaron visa temporaria por un año. Indica que en octubre de 2019 ingresó solicitud de prórroga de su visa temporaria, adjuntando toda la documentación en regla y el 3 de junio de 2020 la recurrida le remitió correo electrónico donde señala que otorgó ampliación de solicitud de visa. El 6 de julio de 2020 recibió notificación N° 47641/2020 que comunicaba que se concedió visa de residencia valida hasta el 31 de octubre de aquel año más la orden de pago. El día 18 de agosto de 2020 pagó ante Tesorería y el 20 de mismo mes y año subió a la página copia de pasaporte, pago de visa y fotografía tamaño carnet. El 22 de septiembre de 2020 y los días posteriores trató de bajar el estampado de visa electrónico, pero realizó una maniobra equivoca producto de su ignorancia en
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo presente además lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto por doña Leydis Crespo Pérez en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Regístrese y archívese en su oportunidad. N°Protección-8981-2021. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por los Ministros señor Miguel Eduardo Vazquez Plaza, señora Dobra Lusic Nadal y el Abogado Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, cuatro de octubre de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, cuatro de octubre de dos mil veintiuno. A los folios 9 y 10: a todo, téngase presente. Al folio 11: a sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que, con fecha seis de mayo del año en curso comparece don Sergio Aburto Mayorga, abogado, por doña Leydis Crespo Pérez, cubana, licenciada en microbiología, ambos con domicilio para estos efectos en calle Estado N°2
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