VARELA CON CAJA DE PREVISIÓN DE LA DEFENSA NACIONAL
Rol
Fecha
4 de octubre de 2021
Materia
PRESTACIONES
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: En estos autos Rol IC 443-2021, Claudio Camus Cervantes, en representación de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia de 22 de julio de 2021, pronunciada por doña Ximena Adriana Cárcamo Zamora, Jueza del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, en cuya virtud hizo lugar a la demanda de autos, declarando la relación jurídica habida entre las partes entre el 1 de mayo de 2006 hasta el 26 de abril de 2019, declaró que el demandado vulneró su garantía fundamental de la honra, ordenándosele a la demandad pagar las indemnizaciones que señala y las prestaciones laborales que indica, no acogiéndose la demanda de despido nulo para efectos remuneracionales. Que el recurso de nulidad se funda en dos causales, a saber, la establecida en el artículo 477 del Código del Trabajo en su primera hipótesis, infracción de derechos fundamentales en relación al artículo 19 N° 3 de la Constitución Política; artículo 453 N° 4 del Código del Trabajo y artículo 19 N° 4 y 5 de la Carta Fundamental. Respecto a la segunda causal de nulidad, ella también se refiere al artículo 477 del Código del Trabajo, es decir, cuando en la tramitación del procedimiento o en la dictación de la sentencia definitiva se hubieren infringido sustancialmente derechos y garantías constitucionales, o aquella se hubiere dictado con infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en relación a los artículo 5 inciso 2do., 7 y 8 inciso 1° del Código del Trabajo. Con fecha 1 de octubre de 2021 tuvo lugar la audiencia del rigor con la asistencia del abogado recurrente Claudio Camus González y por la recurrida del abogado Erick González Pérez. Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: Primero: Que respecto a la primera causal de nulidad que se plantea, se funda en el hecho de que en la audiencia preparatoria la parte denunciante y demandante ofreció dos grabaciones de audio telefónico, los que transcribió íntegramente. Que la parte recurrente se opuso y la Jueza que llevaba la audiencia acogió la solicitud de exclusión por estimar que dichos registros de audio fueron obtenidos sin el conocimiento y sin el consentimiento de las partes que con la actora estaban interactuando. Señala que sucedida la audiencia de juicio, la sentencia, en su considerando segundo, transcribe palmariamente ambos audios excluidos como prueba y que son dichos audios en los que la contraria se afirma, especialmente, para sustentar la supuesta vulneración denunciada. Segundo Que, agrega el recurrente, esta prueba incorporada en la audiencia se apreció y determinó el
Fallo
fallo en el considerando décimo quinto y tras el primer punto aparte del mismo al aludir a una reunión ocurrida el 26 de abril del 2019. A continuación señala la normativa laboral que se vería afectada con esta situación. Tercero: Que, sin embargo, de la lectura de la sentencia recurrida, se concluye que lo señalado por el recurrente no es efectivo. En efecto, una cosa es que las partes incorporen los antecedentes y las pruebas que estimen avalan su posición jurídica en el pleito y otro es lo que en definitiva tome en consideración el Tribunal para fundar y resolver dichas posiciones. En el caso de autos, la situación planteada por las partes se expone en los primeros considerandos del fallo y es así que en su considerando segundo se exponen los fundamentos de la acción interpuesta. En ese contexto se transcribe en forma íntegra los audios presentados por la actora, todo ello dentro de una situación en que la demandada desconoce la relación laboral que los unió y que la sentencia acredita. Ahora bien, dentro del despido de que fue objeto la actora y la situación que constituye la vulneración de sus derechos –y que el Tribunal también concluye que ocurrió-, aparece, dentro de otras pruebas aportadas, los audios referidos a esta causal. También resulta efectivo que en la audiencia preparatoria ellos se excluyeron, pero no es efectivo de que se hayan considerado en la sentencia. Basta para ello tomar en consideración que tales audios no aparecen dentro del material probatorio a
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, cuatro de octubre de dos mil veintiuno. Vistos: En estos autos Rol IC 443-2021, Claudio Camus Cervantes, en representación de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia de 22 de julio de 2021, pronunciada por doña Ximena Adriana Cárcamo Zamora, Jueza del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, en cuya
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica