ALARCÓN / ORTIZ
Rol
Fecha
4 de octubre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: En folio 1, Franco Joel Orellana Vergara, Abogado, a nombre de don Rodrigo Andrés Alarcón Madariaga, Sargento 2º de Carabineros, interpone recurso de protección contra el Prefecto de la Prefectura de Carabineros Marga Marga, Coronel de Carabineros Rodrigo Alberto Ortiz Lorca, que mediante Resolución Exenta N°329, de 30 de julio de 2021, dispuso su baja por conducta mala, con efectos inmediatos. Señala que en la citada resolución, aparece como fundamento los hechos contenidos en el DOE NCU 141973614, de fecha 30 de junio de 2021, en el que se informa que el recurrente habría sido detenido por Hurto Falta, en un supermercado de la ciudad de Viña del Mar. Alega que dicha investigación se encuentra en una etapa preliminar, no obstante, se le aplicó la mentada sanción. Considera que el emplazamiento de la Resolución administrativa es contradictoria puesto que por una parte dice que la baja se aplica con efectos inmediatos, pero a continuación establece que la baja queda sujeta al resultado final del sumario administrativo. En consecuencia, solo una vez que se decida eliminar de las filas al Sr. Alarcón Madariaga, cesará su calidad de funcionario y, en consecuencia, dejará de recibir sus remuneraciones. Sin embargo, en contradicción a lo preceptuado, se notificó al recurrente que sus emolumentos le serían retenidos. Argumenta que se trata de una actuación ilegal y arbitraria que afecta su derecho de propiedad que detenta sobre sus remuneraciones. Señala además que no existe como sanción la baja por conducta mala, con efectos inmediatos, en el Reglamento N°8, y sólo contempla como tal, la baja voluntaria, en artículo 127 N°1. Lo que existe es la eliminación con efectos inmediatos, por conducta mala, por lo que, a no ser que no sea aplicable en el Derecho Administrativo Sancionatorio el principio de la Tipicidad de las penas, la sanción impuesta no existe como tal. Asimismo, arguye que de acuerdo al artículo 127 del Reglamento, la sanción debe ser aplicada una vez q
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, el recurso de protección interpuesto por Rodrigo Andrés Alarcón Madariaga, Sargento 2º de Carabineros, en contra del Prefecto de la Prefectura de Carabineros Marga Marga, Coronel de Carabineros Rodrigo Alberto Ortiz Lorca. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Redacción del Ministro Sr. Jaime Arancibia Pinto. N°Protección-39699-2021.
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, cuatro de octubre de dos mil veintiuno. Visto: En folio 1, Franco Joel Orellana Vergara, Abogado, a nombre de don Rodrigo Andrés Alarcón Madariaga, Sargento 2º de Carabineros, interpone recurso de protección contra el Prefecto de la Prefectura de Carabineros Marga Marga, Coronel de Carabineros Rodrigo Alberto Ortiz Lorca, que mediante Resolución Exenta N°329, de
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