BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/TORRES
Rol
Fecha
30 de septiembre de 2021
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: 1.- Que la resolución recurrida -en cuanto ordena estar al mérito de resolución anterior de ocho de septiembre- no es de aquellas que ponen fin al juicio o hacen imposible su prosecución, como tampoco establece derechos permanentes en favor de las partes, ni se pronuncia sobre un trámite que haya de servir de base para el pronunciamiento de la sentencia definitiva. 2.- Que por su parte, el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil establece que: “Los autos y decretos no son apelables cuando ordenen trámites necesarios para la substanciación regular del juicio; pero son apelables cuando alteran dicha substanciación o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley”, situación que tampoco ocurre en la especie, por lo que, atendida la naturaleza de la resolución apelada, no procede su impugnación por la presente vía. Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 158, 187, 188 y 189, todos del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de trece de septiembre del año en curso dictada en la causa rol C-2.168-2021 del Primer Juzgado de Letras de San Bernardo. Devuélvase vía interconexión, en su oportunidad. Rol N° 1.074-2021-CIV.
Fallo
Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 158, 187, 188 y 189, todos del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de trece de septiembre del año en curso dictada en la causa rol C-2.168-2021 del Primer Juzgado de Letras de San Bernardo. Devuélvase vía interconexión, en su oportunidad. Rol N° 1.074-2021-CIV.
Texto Completo (Preview)
CH(PAB) San Miguel, treinta de septiembre de dos mil veintiuno. Vistos: 1.- Que la resolución recurrida -en cuanto ordena estar al mérito de resolución anterior de ocho de septiembre- no es de aquellas que ponen fin al juicio o hacen imposible su prosecución, como tampoco establece derechos permanentes en favor de las partes, ni se pronuncia sobre un trámite que haya de servir de base para el pro
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