SIN INFORMACION

AGENCIAS UNIVERSALES S.A. CONTRA JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DE VALPARAÍSO -ACUMULADA ROL 211-21 -D-

Rol

Fecha

29 de septiembre de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Que en relación al ingreso Rol N°184-2021, a folio 1 comparece el abogado Iván Iturrieta Fernández, por la ejecutada Agencias Universales S.A., en autos caratulados “San Martín con Empresa Naviera As Marine Ltda. y Agencias Universales S.A.” tramitados en el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Valparaíso, bajo el rol N° 219-2017, quien recurre de hecho contra la resolución dictada el trece de abril de dos mil veintiuno, en cuanto esta no dio lugar a apelación presentada por su parte, contra resolución del 1 de abril del mismo año, en virtud de lo dispuesto en los artículos 472 y 476 del Código del Trabajo. Relata que la causa en comento versa sobre el pago de cotizaciones previsionales y de salud que la sentencia definitiva firme y ejecutoriada ordenó pagar a la demandada principal Empresa Naviera As Marine Ltda, y a su parte, como demandada solidaria, demandada bajo régimen de subcontratación. Agrega que fue su parte quien pagó los haberes adeudados por la demandada principal, ya que la primera fue sometida a un procedimiento de liquidación concursal forzosa, y carece de bienes para responder por sus obligaciones. Dichos haberes solucionados por su parte ascendían a $56.196.260 según liquidación de 2 de marzo de 2021. Agrega que pasó años tratando de pagar las cotizaciones previsionales y de salud, pudiendo hacerlo el 11 de marzo del presente año, por lo que remitió carta de convalidación del despido al demandante, Sr. San Martin, adjuntando los certificados de pago de dichas cotizaciones previsionales y de salud. Posteriormente, el 12 de marzo recién pasado, hizo presente al tribunal la convalidación del despido, para lo cual adjuntó la carta certificada enviada al Sr. San Martin y los mismos certificados enviados al trabajador, donde consta el pago ya referido. Dicho incidente de convalidación del despido fue rechazado por el tribunal por resolución del 1 de abril de 2021. En virtud de lo explicado, el recurrente afirma que el incidente de con

Fundamentos

fundamentos de hecho y derecho los mismos ya expuestos en los párrafos anteriores, esto es, que la resolución del 1 de abril del presente año resuelve un incidente de tiene la naturaleza jurídica de una excepción de pago, por lo que es apelable de acuerdo al artículo 470 del Código del Trabajo. El recurrente pide, en ambos recursos, que se acoja su recurso de hecho y se declare que el recurso de apelación interpuesto por su parte contra resolución del 1 de abril de 2021, es procedente, dándosele la tramitación que corresponda. A folio 4 de ambos recursos, rola informe de la juez recurrida, quien indica que en efecto la parte ejecutada solicitó se tuviese convalidado el despido, lo que fue rechazado por el tribunal el 1 de abril de 2021, por cuanto se habían pagado cotizaciones previsionales por una remuneración más baja que la dispuesta en el

Fallo

fallo dictado en autos. En contra de dicha resolución la parte ejecutada dedujo recurso de reposición con apelación en subsidio, y en un otrosí, apelación de forma directa. Dichos recursos fueron rechazado por resolución del 13 de abril del presente año, la que luego fue dejada sin efecto, y proveídos dichos recursos por resolución del 21 de abril del presente año, la que rechazo el recurso de reposición por no haber aportado nuevos antecedentes que hicieran variar lo resuelto; en cuanto al recurso de apelación subsidiario e interpuesto de forma directa, se rechazaron por improcedentes, en virtud de lo dispuesto en el artículo 472 y 476 del Código del Trabajo. Concluye indicando que la resolución apelada no se enmarca dentro de los supuestos contemplados en la ley, en el párrafo 4° artículos 463 al 473 del Código de Trabajo, en particular en el artículo 476 que solo permite apelación respecto de las sentencias interlocutorias que ponga término al juicio o haga imposible su continuación, lo que no sucede en la especie. A folio 6 se ordenó traer estos autos en relación. A folio 9 se ordenó la acumulación con la causa Rol N°211-2021. Con lo relacionado y considerando. 1°) Que en primer lugar, se debe considerar que la resolución de 13 de julio pasado fue dejada sin efecto por la de 21 de julio del mismo año, de tal manera que el recurso de hecho ingresado con el Rol N°184-2021 carece de objeto y por ello se omitirá pronunciamiento a su respecto. 2°) Que en cuanto al ingre

Texto Completo (Preview)

Foja: 0 Cero C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintinueve de septiembre de dos mil veintiuno. Vistos: Que en relación al ingreso Rol N°184-2021, a folio 1 comparece el abogado Iván Iturrieta Fernández, por la ejecutada Agencias Universales S.A., en autos caratulados “San Martín con Empresa Naviera As Marine Ltda. y Agencias Universales S.A.” tramitados en el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsiona

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica