PAOA/TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE VALPARAÍSO
Rol
Fecha
29 de septiembre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: A folio 1, comparece Yessica Aguilera Arteaga, defensora penal público, en representación del acusado Dalton Daniel Paoa Araki, en causa Rit 142-2020, interponiendo acción de amparo en su favor, en contra del Tribunal Oral en lo Penal de Valparaíso, el que con fecha 20 de septiembre de 2021, resolvió realizar la audiencia de juicio oral respecto del acusado de manera íntegramente remota, solicitando se ordene la realización de la audiencia de juicio oral de conformidad las disposiciones legales vigentes. Refiere que su representado se encuentra acusado por el delito de violación propia, y se encuentra sujeto a medida cautelar de prisión preventiva desde el 10 de octubre de 2019. La acusación se presentó el 24 de abril del presente año, en tanto la audiencia de preparación de juicio oral data de 29 de mayo del mismo año. Refiere que la causa tuvo suspendido su procedimiento en dos ocasiones por requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad hechos ante el Tribunal constitucional, el primero realizado por el Juez de Garantía y el segundo por su parte. El 19 de junio pasado se alzó la suspensión del procedimiento, se fijó audiencia para debatir la situación procedimental, para el 23 de junio de 2021, en la cual se fijó audiencia de juicio oral para el 30 de septiembre del mismo año, ordenándose que se realizara bajo modalidad zoom. Luego el 15 de septiembre pasado, su parte solicitó audiencia para discutir las condiciones en que debía realizarse el juicio oral, atendido que han variado considerablemente las condiciones sanitarias, desde que se fijó la audiencia de juicio oral, a lo que el tribunal fijó audiencia para el 20 de septiembre pasado. En esa audiencia la defensa solicitó que los testigos con domicilio en Isla de Pascua declararan en el Juzgado de Garantía de dicho lugar en tanto todos los demás testigos lo hicieran en dependencias del Tribunal Oral en lo Penal más cercano a sus domicilios. Refiere que pese a las alegaciones de la def
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que la defensa del imputado, por la vía del recurso de amparo, solicita que se ordene que los testigos y peritos que deben declarar en la audiencia de juicio oral fijada para el 30 de septiembre próximo, en los autos Rit 142-2020 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, lo hagan de forma presencial, ya sea en dicho tribunal o el tribunal en lo penal más cercano al lugar donde se encuentren. Segundo: Que, en las condiciones anotadas, es posible advertir que la cuestión sometida a conocimiento de esta Corte escapa a la naturaleza u objeto del recurso de amparo, puesto que no dice relación con la libertad personal o seguridad individual del afectado, como lo exige el artículo 21 de la Constitución Política de la República, sino con supuestos vicios de procedimiento que pudieren verificarse en relación a la forma dispuesta por el tribunal recurrido para el desarrollo de la audiencia de juicio oral en lo penal, cuestión que debe reclamarse, de producirse un agravio o perjuicio, a través de los recursos que contempla el Código Procesal Penal. Tercero: Que, en este sentido, el artículo 10 de la Ley N° 21.226 permite al Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, disponer que se proceda en forma remota a la audiencia de juicio oral, debiendo en ese contexto cautelar el debido proceso; y, de estimar la defensa que igualmente resultó vulnerada dicha garantía constitucional, cuenta con los medios de impugnación necesarios para tales efectos. Cuarto: Que, de este modo no corresponde calificar la resolución impugnada como un acto ilegal que perturbe la libertad personal o seguridad individual, ya que fue dictada por un tribunal competente, en uso de sus facultades y tiene como fundamento un hecho público y notorio, la pandemia y estado constitucional de catástrofe que afecta al país, que hace necesario que las personas, salvo casos excepcionales, permanezcan en sus domicilios para evitar la propagación del virus, con el objeto de resguardar su vida e integridad, garantía contemplada en el artículo 19 N° 1 de la Constitución y que el Estado debe respetar y promover, conforme lo dispuesto en el artículo 5° del mismo cuerpo constitucional. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor del acusado Dalton Daniel Paoa Araki, y en contra del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, respecto de la resolución de veinte de septiembre de dos mil veintiuno, dictada en causa Rit 142-2020. Regístrese, notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y en su oportunidad, archívese. N°Amparo-2015-2021.- En Valparaíso, veintinueve de septiembre de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
Por lo expuesto, solicita se acoja la presente acción, ordenando que los testigos y peritos declaren en el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, o por lejanía en algún tribunal con competencia en lo penal, para el juicio oral fijado para el 30 de septiembre de 2021. A folio 4, informan los jueces Wilson González Díaz, Matías Urrejola Santa María y José Cifuentes Gil, del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso. Explica que el acusado está en prisión preventiva por causa Rit 4453-2021 del Juzgado de Garantía de Viña del Mar. Indica que una vez recibido el auto de apertura de juicio oral, se fijó audiencia de juicio para el 28 de julio de 2020, la que quedo sin efecto por suspensión del procedimiento decretado por el Tribunal Constitucional. El 29 de enero de 2021 se dictó sentencia por parte de dicho tribunal, por lo que se reactivó el procedimiento, fijando fecha de audiencia de juicio oral para el 26 de marzo de 2021. El 12 de marzo pasado la defensa pidió cambio de fecha a fin que la audiencia se realizara de forma presencial, lo que fue rechazado por el tribunal. Sin embargo, tal fecha fue dejada sn efecto por suspensión decretada por el Tribunal Constitucional. El 17 de junio de 2021 el referido tribunal dictó sentencia, se reactivó el procedimiento y se fijó la audiencia de 30 de septiembre próximo. Es así como el 20 de septiembre se realizó audiencia de cautela de garantías, solicitada por la defensa, donde esta cuestiona la resolución que or
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Foja: 0 Cero C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintinueve de septiembre de dos mil veintiuno. VISTOS: A folio 1, comparece Yessica Aguilera Arteaga, defensora penal público, en representación del acusado Dalton Daniel Paoa Araki, en causa Rit 142-2020, interponiendo acción de amparo en su favor, en contra del Tribunal Oral en lo Penal de Valparaíso, el que con fecha 20 de septiembre de 2021, resolv
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