TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL VIÑA DEL MAR

MP C/ IGNACIO ENRIQUE PACHECO MAULEN

Rol

Fecha

29 de septiembre de 2021

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: En estos autos Rol I.C Reforma Procesal Penal 1913-2021, se han interpuesto sendos recurso de nulidad en contra de la sentencia de fecha dieciséis de agosto del presente año, pronunciada en los autos RIT O-228-2021 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, que condena a los acusados Ignacio Enrique Pacheco Maulén y Luis Antonio Sánchez Guerra, en calidad de autores del delito consumado de tráfico ilícito de drogas previsto y sancionado en el artículo 3° en relación al 1° de la Ley 20.000, descubierto el día 16 de octubre de 2020, a sufrir, cada uno de ellos, la pena de seis años de presidio mayor en su grado mínimo y las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, más multa de cuarenta unidades tributarias mensuales, y las costas de la causa. Los recursos los interpone el abogado Víctor Maechel Becerra en representación de los condenados Luis Antonio Sánchez Guerra y Luis Antonio Sánchez Guerra, solicitando en ambos que se anule la sentencia y el juicio oral que la precedió, por la causal del artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal, determinando el estado en que ha de quedar el procedimiento y remitiendo los antecedentes al tribunal no inhabilitado que corresponda para la realización de un nuevo juicio. En subsidio, solicita se anule la sentencia haciendo uso de las facultades oficiosas que concede a este Tribunal el artículo 379 del Código Procesal Penal. Efectuada la audiencia para conocer del recurso, alegaron por videoconferencia, los abogados Víctor Maechel Becerra y Sebastián Huerta Palta, quienes lo hicieron por los recursos y, por el Ministerio Público el Abogado Asesor de la Fiscalía Daniel Polanco Valdés. OÍDOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: I.- En cuanto el recurso de nulidad deducido por la defensa de Luis Antonio Sánchez Guerra. Primero: Que la defensa del condenado Sánchez Guerra pretende la nulidad de la sentencia y del juicio que la precedió, por estimar que se han vulnerado los principios de la lógica, al concluir que a éste le ha cabido participación en el ilícito materia de la acusación, específicamente el de razón suficiente y de congruencia. Segundo: Que, fundando el recurso expresa que tanto su representado, como el co-imputado señalan ante el Tribunal de Garantía, como en el Tribunal Oral que la presencia de Sánchez Guerra en el vehículo que conducía Pacheco Maulén, obedecía a que iba a cotizar a Santiago unos repuestos para su vehículo que tenía en pana y, que no tenía conocimiento de las actividades de Pacheco Maulén, agregando que viajaba de copiloto. A continuación cuestiona las declaraciones de los funcionarios policiales, las que en parte reproduce y las califica de incongruentes, señalando que la versión dada por su representado se encuentra corroborada por los testigos presentados por la defensa. Añade que en la acusación existiría un problema de incongruencia en cuanto a la prueba, dado que no se probó lo que había prometido el fiscal, considerando fundamental que no se pudo establecer en el juicio con las declaraciones de los agentes policiales y escuchas telefónicas, la participación de don Luis Sánchez Guerra en el delito de tráfico del cual se le acusó, al no poder dar por acreditada su participación, salvo que estaba sentado de copiloto en el vehículo al momento de su control y detención, pero en las diligencias de investigación, jamás se vio vinculado al delito ni su preparación. Alega, además, que la sentencia que se reprocha no entrega las razones que permitan reproducir el razonamiento del juzgador para llegar a la convicción de condena expresada en la sentencia impugnada por este acto, limitándose tan sólo a reproducir dichos sin analizarlos ni valorarlos. Tercero: Que antes de resolver el fondo del recurso, es necesario dejar establecidas ciertas cuestiones previas. El recurso de nulidad estructurado en el Código Procesal Penal, es un recurso de derecho estricto que, según sea la causal invocada, tiene por objeto asegurar el respeto a las garantías y derechos fundamentales, (las comprendidas en los artículos 373 letra a) y 374) y, conseguir sentencias ajustadas a Derecho (artículo 373 letra b). Luego, tratándose de la primera finalidad, el recurso de nulidad no puede ser sede para debatir acerca del mérito de la prueba rendida y su valoración, cuestión privativa de los jueces del fondo, sino exclusivamente para verificar el cumplimiento de la diferentes garantías que el ordenamiento reconoce a los intervinientes. En el segundo caso, la función de esta Corte consistirá en controlar la legalidad de la sentencia. De otro lado, la competencia de esta Corte está dada por el mérito del recurso y la causal o causales invocadas para solicita

Fallo

fallo dio por establecidos los siguientes hechos: “La Unidad Regional Antinarcóticos de la Fiscalía Regional de Valparaíso en conjunto con la Policía de Investigaciones llevaron adelante una investigación que daba cuenta que una mujer de nombre María Lorena junto a su pareja de nombre Ignacio Pacheco Maulén dedicaban a la comercialización de droga en la quinta región, para lo cual constantemente tomaban contacto con personas de nacionalidad extranjera para abastecerse de droga. En virtud de aquello se requirieron autorizaciones de interceptaciones de comunicaciones al Juzgado de Garantía de Viña del Mar, con lo que se determinó el curso investigativo que, terminadas ciertas restricciones de circulación producto del COVID 19, se reactivarían negociaciones para adquirir y vender este tipo de sustancias. Que de esa manera, y conforme a los antecedentes recopilados, el día 16 de octubre de 2020, se logró interceptar una serie de comunicaciones en las cuales se pudo determinar que Pacheco Maulén se abastecería de droga, para lo cual se trasladó a la ciudad de Santiago en compañía de Luis Sánchez Guerra en el automóvil placa patente WP.4932, arribando hasta la calle San Diego de esa ciudad, donde Pacheco descendió con una mochila, tuvo contacto con un sujeto desconocido en su identidad, ingresó a un inmueble y transcurridos unos instantes, salió con la misma mochila, abordó el automóvil, y emprendió la marcha en compañía de Sánchez Guerra que iba como copiloto, por lo que la policí

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintinueve de septiembre de dos mil veintiuno. Vistos: En estos autos Rol I.C Reforma Procesal Penal 1913-2021, se han interpuesto sendos recurso de nulidad en contra de la sentencia de fecha dieciséis de agosto del presente año, pronunciada en los autos RIT O-228-2021 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, que condena a los acusados Ignacio Enriq

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