JUZGADO DE GARANTIA DE PUNTA ARENAS

MINISTERIO PUBLICO . . C/ LINDA MASGOHE CORTES MOSQUERA

Rol

Fecha

23 de septiembre de 2021

Materia

OTROS DELITOS DE LA LEY 20.000

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Se reproduce la resolución en alzada y se tiene, además, presente: Que, los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, para la procedencia de la medida cautelar decretada, se satisfacen suficientemente con los antecedentes reunidos en la investigación, sin perjuicio que las medidas que solicita la defensa para sustituir o modificar la prisión preventiva que pesa sobre la imputada, suponen el reconocimiento de las exigencias aludidas en la disposición legal señalada. Por estas consideraciones, compartiendo esta Corte los

Fundamentos

fundamentos dados por el señor juez a quo y visto, además, lo dispuesto en y el artículo 149 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA en lo apelado la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de esta ciudad, en audiencia de quince de septiembre del año en curso, por la que se mantiene la medida cautelar de prisión preventiva, respecto de la imputada Linda Masgohe Cortes Mosquera. Comuníquese lo resuelto al Juzgado a quo. Rol N°Penal-153-2021.

Fallo

Por estas consideraciones, compartiendo esta Corte los fundamentos dados por el señor juez a quo y visto, además, lo dispuesto en y el artículo 149 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA en lo apelado la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de esta ciudad, en audiencia de quince de septiembre del año en curso, por la que se mantiene la medida cautelar de prisión preventiva, respecto de la imputada Linda Masgohe Cortes Mosquera. Comuníquese lo resuelto al Juzgado a quo. Rol N°Penal-153-2021.

Texto Completo (Preview)

Punta Arenas, veintitrés de septiembre de dos mil veintiuno. VISTOS: Se reproduce la resolución en alzada y se tiene, además, presente: Que, los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, para la procedencia de la medida cautelar decretada, se satisfacen suficientemente con los antecedentes reunidos en la investigación, sin perjuicio que las medidas

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