DOMÍNGUEZ / DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rol
Fecha
21 de septiembre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: A folio 1, comparece Sergio Aburto Mayorga, abogado, por Leira del Rosario Domínguez García, ciudadana cubana, garzona, titular de Residencia Temporaria con Permanencia Definitiva en trámite, cédula de identidad N° 26.575.445-7, domiciliada en calle Guardiamarina Zañartu N°561 Playa Ancha, Valparaíso Región de Valparaíso, Chile y de Gianly Castañeda Álvarez, ciudadano cubano, cónyuge de la anterior, deportista practicante de balonmano y trabajador independiente, titular de Residencia Temporaria con Permanencia Definitiva en trámite, cédula de identidad N° 26.575.535-6, y deduce recurso de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, representado legalmente para estos efectos por don Álvaro Bellolio Avaria, ambos con domicilio en Avda. Matucana N° 1223, Santiago, Región Metropolitana. Expone que los recurrentes ingresaron irregularmente a Chile provenientes de Bolivia, el 13 de marzo del 2018 viajando inmediatamente a Iquique y desde ahí a Santiago donde los esperaba unas amistades cubanas. Estando en Santiago, el 15 de mayo de 2018 se inscribieron en el proceso de Regularización Extraordinaria y en julio del 2018 se mudan a Valparaíso. El 15 de noviembre de 2018 la recurrida estampó a recurrentes sendas visas temporarias por Regularización Extraordinaria: a doña Leira la N°768.239 vigente desde esa fecha hasta el 15 de noviembre de 2019; mientras que a don Gianly la N° 768.238 vigente por todo ese término. Desde esa fecha comenzaron a hacer una vida normal en nuestro país; doña Leira se quedó como dueña de casa al estar embarazada, naciendo su hijo Gian Emilio Castañeda Domínguez, cédula de identidad N°26.725.311-0, el día 28 de febrero del 2019; posteriormente el 29 de abril de 2019 contrajeron matrimonio los recurrentes consolidándose así como familia. Mientras que don Gianly trabajó para “INVERSIONES DELISANO SPA” como copero y aseador desde el 1° de abril de 2019 al 30 d
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que los actores Leira del Rosario Domínguez García, y Gianly Castañeda Álvarez, de nacionalidad cubana, fundan su arbitrio en que no han obtenido respuesta del Departamento de Extranjería y Migración sobre el estado de avance de las Solicitudes de Permanencia Definitiva N°2063565 y N°2075972, presentadas por ellos, solicitando se ordene a la recurrida informe sobre ambos casos. Segundo: Que informando el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, señala que mediante Comunicaciones Electrónicas de fecha 08 de septiembre de 2021, que acompaña, se les comunicó a los extranjeros recurrentes que sus solicitudes de permanencia definitiva avanzaban a etapa de análisis, y se emitieron las órdenes de giro correspondientes, de manera que paguen los derechos relativos a las solicitudes de permanencia definitiva, encontrándose vigente el término para que cumplan con dicha exigencia legal. Tercero: Que teniendo presente el estado de tramitación informado por la recurrida, se advierte que en la actualidad el impulso del procedimiento administrativo se encuentra en la esfera de responsabilidad de los actores, debiendo estos pagar los derechos u órdenes de giro de fecha 8 del mes en curso. En consecuencia, no puede sostenerse que exista acción u omisión ilegal o arbitraria, puesto que la autoridad administrativa ha cumplido con dar tramitación regular al expediente de solicitud de permanencia definitiva de los recurrentes, quienes además cuentan con residencia regular en el país mientras se tramitan sus solicitudes, motivos por los cuales no se advierte que medida pueda adoptar esta Corte en resguardo de los derechos de los recurrentes, los que no se encuentran amagados, amenazados ni vulnerados por la decisión de la autoridad administrativa recurrida.
Fallo
Por estas consideraciones y lo establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza el recurso de protección deducido en favor de Leira del Rosario Domínguez García y Gianly Castañeda Álvarez, en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-34912-2021. En Valparaíso, veintiuno de septiembre de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiuno de septiembre de dos mil veintiuno. VISTOS: A folio 1, comparece Sergio Aburto Mayorga, abogado, por Leira del Rosario Domínguez García, ciudadana cubana, garzona, titular de Residencia Temporaria con Permanencia Definitiva en trámite, cédula de identidad N° 26.575.445-7, domiciliada en calle Guardiamarina Zañartu N°561 Playa Ancha, Valparaíso Región de Val
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