BUSTAMANTE QUEVEDO GABRIEL JESUS/MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rol
Fecha
20 de septiembre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que don Claudio Quiroga Hinojosa y doña Romina Moreno Ruiz, en favor de GABRIEL JESÚS BUSTAMANTE QUEVEDO, venezolano, de 10 años de edad, deducen acción de amparo constitucional en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores, en representación de la Dirección General de Asuntos Consulares, Inmigración y Chilenos en el Exterior, y del Consulado de Chile en Caracas, por el acto arbitrario e ilegal consistente en el cierre y rechazo de los procedimientos de solicitud de visa consular de responsabilidad democrática, afectando la garantía contenida en el artículo 19 N° 7 de la Carta Fundamental, por lo que, solicitan se acoja la presente acción, en el sentido de ordenar al Consulado General de Chile en Venezuela continuar con el procedimiento de solicitud de visa consular del amparado, a fin de aprobar su visado y que el grupo familiar completo pueda viajar a Chile y reunirse con los miembros que se encuentran en Chile en el menor tiempo posible. Expresan que el amparado tiene 10 años de edad, actualmente reside en Venezuela al cuidado de familiares y su madre Ángela Quevedo Castellanos se encuentra en Chile. Explican que el 24 de octubre de 2019 la señora Quevedo presentó la solicitud de visa de responsabilidad democrática de su hijo, fueron citados el 31 de marzo de 2020 para comparecer al Consulado entre el 21 y 23 de septiembre del mismo año a fin de proporcionar los documentos atinentes a la visa. Sin embargo, el 11 de noviembre del año pasado, recibieron un correo electrónico masivo, por el cual la Cancillería les comunicó que debido a la prolongación del cierre de fronteras por la pandemia del coronavirus y a que se había excedido el plazo máximo para la finalización del procedimiento administrativo, la autoridad había decidido dictar acto terminal de todos los trámites de solicitud de visa de responsabilidad democrática y, en consecuencia, rechazar todas las solicitudes de visa de responsabilidad democrática pendientes.
Fallo
se declara: Que se acoge el presente Recurso de Protección deducido en favor de Gabriel Jesús Bustamante Quevedo, y se dispone que la recurrida, instruirá a la autoridad Consular respectiva para los efectos que continúe la tramitación del proceso de Visa de Responsabilidad Democrática, iniciado por los recurrentes individualizados, agendar su visita y la resuelva en el plazo de treinta días. Regístrese y comuníquese. N°Amparo-3496-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinte de septiembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que don Claudio Quiroga Hinojosa y doña Romina Moreno Ruiz, en favor de GABRIEL JESÚS BUSTAMANTE QUEVEDO, venezolano, de 10 años de edad, deducen acción de amparo constitucional en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores, en representación de la Dirección General de Asuntos Consulares
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