JUZGADO DE GARANTIA DE TALCAHUANO

MP C/ CHRISTIAN MAURICIO ORTIZ ROBLES

Rol

Fecha

18 de septiembre de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Haciendo propios los

Fundamentos

fundamentos de la jueza del a quo y de conformidad con lo previsto en los artículos 139, 140 y 149 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución de dieciséis de septiembre de dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado de Garantía de Talcahuano en la causa RIT N°2755-2021, RUC N°2100577420-6, que sustituyó la medida cautelar de prisión preventiva que pesaba sobre el imputado Christian Mauricio Ortiz Robles por las del artículo 155 letras a) y g) del mismo texto legal, esto es, privación total de libertad en su domicilio y prohibición de acercarse a la víctima. Acordada con el voto en contra del ministro Hadolff Ascencio Molina, quien fue de parecer de revocar la resolución en alzada, teniendo únicamente presente para ello que la conducta que el imputado ha desplegado, sitúa a la víctima objetivamente en las hipótesis de peligro del artículo 7° de la ley 20.066 y, consecuencialmente, la prisión preventiva resulta ser, en concepto del disidente, la única cautelar realmente efectiva para asegurar la persona de la víctima. Dese inmediata orden de egreso para el imputado Ortiz Robles, si no estuviere privado de libertad por otra causa. Comuníquese lo resuelto al tribunal de origen y devuélvanse los antecedentes. A los comparecientes se les tiene por notificados de la resolución precedente en forma personal, por estar presentes en la audiencia por videoconferencia. Sin perjuicio de ello se dispone su notificación por el estado diario. N°Penal-824-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción xsr Concepción, a dieciocho de septiembre del año dos mil veintiuno. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Haciendo propios los fundamentos de la jueza del a quo y de conformidad con lo previsto en los artículos 139, 140 y 149 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución de dieciséis de septiembre de dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado de Garantía de Talcahuano en la causa

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