WOODS SPA/INSPECCION DEL TRABAJO DE VALDIVIA
Rol
Fecha
16 de septiembre de 2021
Materia
RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Por sentencia de treinta de julio de dos mil veintiuno el Juzgado de Letras del Trabajo de Valdivia, acogió la solicitud de reconsideración de multa N°268 de veintisiete de agosto de dos mil veinte y en su lugar se resuelve: 1.- Se rebaja la multa N°1634/20/7- 1 a 2 U.T.M. 2.- Se rebaja la multa N°1634/20/7- 2 a 2 U.T.M. En contra de la referida sentencia recurrió de nulidad la Inspección Provincial del Trabajo de Valdivia. La parte demandada Inspección Provincial del Trabajo de Valdivia por su recurso pide la invalidación de la sentencia, por haber sido dictada con infracción de Ley de los artículos 511 y 512 del Código del Trabajo, fundado en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo.
Fundamentos
Considerando: 1.- Que, el recurrente ha asilado su recurso en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, por lo que resulta conveniente precisar que la misma supone necesariamente que, en el juicio jurídico realizado por el tribunal, con ocasión de la decisión del caso, se ha incurrido en un yerro, sea por una errónea interpretación legal, por falsa aplicación de ley, o por no aplicar la norma a un caso respecto del cual resulta pertinente, sin que sea posible alterar los hechos asentados en el
Fallo
se resuelve: 1.- Se rebaja la multa N°1634/20/7- 1 a 2 U.T.M. 2.- Se rebaja la multa N°1634/20/7- 2 a 2 U.T.M. En contra de la referida sentencia recurrió de nulidad la Inspección Provincial del Trabajo de Valdivia. La parte demandada Inspección Provincial del Trabajo de Valdivia por su recurso pide la invalidación de la sentencia, por haber sido dictada con infracción de Ley de los artículos 511 y 512 del Código del Trabajo, fundado en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo. Considerando: 1.- Que, el recurrente ha asilado su recurso en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, por lo que resulta conveniente precisar que la misma supone necesariamente que, en el juicio jurídico realizado por el tribunal, con ocasión de la decisión del caso, se ha incurrido en un yerro, sea por una errónea interpretación legal, por falsa aplicación de ley, o por no aplicar la norma a un caso respecto del cual resulta pertinente, sin que sea posible alterar los hechos asentados en el fallo del grado, pues su establecimiento conforme a la prueba aportada a la causa apreciada legalmente, sólo compete al tribunal de instancia, y por consiguiente, no son posibles de modificar ni revisar por esta Corte. 2.- Que el sustento de la pretensión del recurrente, se funda en que la sentencia impugnada, fue dictada con infracción de Ley de los artículos 511 y 512 del Código del Trabajo, lo que influye en lo dispositivo de la sentencia recurrida, pues de haberse resuelto sin infringir la n
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, dieciséis de septiembre de dos mil veintiuno. Vistos: Por sentencia de treinta de julio de dos mil veintiuno el Juzgado de Letras del Trabajo de Valdivia, acogió la solicitud de reconsideración de multa N°268 de veintisiete de agosto de dos mil veinte y en su lugar se resuelve: 1.- Se rebaja la multa N°1634/20/7- 1 a 2 U.T.M. 2.- Se rebaja la multa N°1634/20/7- 2 a 2 U.T
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica