SIN INFORMACION

FLORES/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA

Rol

Fecha

14 de septiembre de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos: 1°.- Que, comparece la abogada Macarena Zerbi Friedl, quien en razón del desistimiento presentado con fecha treinta de agosto pasado, persiste en la presente acción constitucional sólo respecto de Yajaira Del Pilar Roo González, cédula nacional de identidad número 27.064.765-0, soltera, dueña de casa, de nacionalidad venezolana, domiciliada para estos efectos en calle Carrera 1023, comuna de Chillán, accionando de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, domiciliado en San Antonio 580, 6º piso, Región Metropolitana, por privar y/o perturbar en forma ilegal y arbitraria, los derechos de la recurrente, garantizados en el artículo 19 en su número 2 de la Constitución Política de la República, es decir, la igualdad ante la ley. Refiere que la recurrente ingresó en el año 2018 vía aérea por el Aeropuerto Internacional Arturo Merino Benítez a Chile, en calidad de turista y luego de vencida su visa y con el propósito de hacer vida en el país, solicitó y obtuvo visa temporaria, mediante Resolución N° 7502/06-09-2018, otorgada por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Luego, cumpliendo con las restantes exigencias que impone el artículo 103 del Reglamento de Extranjería, se inscribió en el Registro Especial de Extranjeros que es llevado por la Policía de Investigaciones de Chile y solicitó su cédula de identidad ante el Servicio de Registro Civil e Identificación, dentro del plazo de 30 días contados desde la fecha de inicio de vigencia de su respectiva visa. Posteriormente presentó solicitud de Permanencia Definitiva, dentro de los 90 días anteriores al vencimiento de su visa temporaria, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 129 numeral 3º del Reglamento de Extranjería, enviando su solicitud a través de la plataforma online del Departamento de Extranjería y Migración, adjuntando toda la documentación requerida, e inmediatamente después de enviada, el sistema le emitió el co

Fallo

por tanto desde el envío de sus solicitudes, “se entiende” que la situación de residencia de los extranjeros es regular en el país, ello aunque en la práctica las limitaciones son incontables, sobre todo por el hecho de no poder contar con una cédula de identidad vigente, documento el cual en el caso de los extranjeros, está supeditado al otorgamiento de un permiso de residencia. Plantea que el propio Departamento de Extranjería y Migración ha expresado que la dilación excesiva está justificada en consideración a la cantidad de población extranjera con ánimo de residir que ha recibido el país, y que ello se ha traducido en un aumento masivo de solicitudes de residencia, posición la cual declara contradecirse claramente con los anuncios que prometían una modernización y digitalización del sistema, lo cual permitiría reducir los tiempos de respuesta a partir de mediados del año 2019. Considera que no puede el Departamento de Extranjería y Migración pretender que la situación planteada obedezca a un caso fortuito o fuerza mayor, que justificaría la dilación excesiva en la tramitación de la solicitud de la recurrente, pues para ser solicitante de permanencia definitiva, a la recurrente ya le ha sido tramitado y otorgado, a lo menos, un permiso de residencia previo, por lo que esta situación era claramente previsible. Expresa que tampoco se puede pretender que la responsabilidad de la recurrida se limite sólo a otorgar un certificado de permanencia definitiva en trámite y en recon

Texto Completo (Preview)

Chillán, catorce de septiembre de dos mil veintiuno. Vistos: 1°.- Que, comparece la abogada Macarena Zerbi Friedl, quien en razón del desistimiento presentado con fecha treinta de agosto pasado, persiste en la presente acción constitucional sólo respecto de Yajaira Del Pilar Roo González, cédula nacional de identidad número 27.064.765-0, soltera, dueña de casa, de nacionalidad venezolana, domicil

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