INMOBILIARIA UNICLA SPA / INMOBILIARIA EL PLOMO LIMITADA - (ACUMULADO INGRESO CORTE N°9245-2020) - TOMO II
Rol
Fecha
14 de septiembre de 2021
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
Vistos: I. En cuanto al Ingreso Corte Nº 444-2020 Civil: 1º Que previa sustitución en el punto de prueba Nº 6 de la expresión “entre en ” por “entre el”, y
Fundamentos
considerando que la resolución apelada incluye adecuadamente las alegaciones efectuadas por las partes en sus escritos de discusión, corresponde rechazar el presente recurso. II. En cuanto al Ingreso Corte Nº 9245-2020 Civil: 2º Que atendido el mérito de los antecedentes, considerando que consta en el expediente de primera instancia que doña Miriam Fischmann Torres es representante legal de la demandada Inmobiliaria El Plomo Ltda., tal como se precisa en el mandato judicial acompañado por la misma parte a folio Nº 26, y teniendo presente que no existe norma legal alguna que consagre el apercibimiento que fue decretado por el tribunal, no resultando pertinente privar a la recurrente de los medios de prueba de los que estime necesario hacerse en el proceso para acreditar sus alegaciones, considerando, además, que en cuanto a los documentos estos fueron ingresados por medio de la Oficina Judicial virtual, corresponde acoger su recurso.
Fallo
Por estas consideraciones, y conforme lo dispone el artículo 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara que: i. Se confirma la resolución apelada de veinticinco de octubre del año dos mil dieciocho, que rola a fojas 229 de estos antecedentes, dictada por el Trigésimo Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol C-15376-2016. ii. Se revoca, en lo apelado, la resolución de veintitrés de enero del año dos mil veinte, que rola a fojas 417, dictada por el Trigésimo Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol C-15376-2016 y, en su lugar, se dispone que el tribunal a quo deberá proveer las presentaciones de folios 96, 99 y 104, dando lugar a la prueba solicitada. Comuníquese y devuélvase. N°Civil-444-2020 (Acumulada a Ingreso Nº 9245-2020 Civil). Pronunciada por la Octava Sala, integrada por los Ministros señora Mireya Eugenia López Miranda, señor Alejandro Rivera Muñoz y el Abogado Integrante señor Francisco Javier Ovalle Aldunate.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, catorce de septiembre de dos mil veintiuno. Al escrito folio Nº 10: téngase presente. Vistos: I. En cuanto al Ingreso Corte Nº 444-2020 Civil: 1º Que previa sustitución en el punto de prueba Nº 6 de la expresión “entre en ” por “entre el”, y considerando que la resolución apelada incluye adecuadamente las alegaciones efectuadas por las partes en sus escritos de discusi
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