MUÑOZ/SUBSECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA, CONOCIMIENTO E INNOVACIÓN
Rol
Fecha
10 de septiembre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°) Que comparece don Juan Carlos Espinosa Moreno, abogado, en nombre de doña Marisol Corina Muñoz Suarez, periodista, quien interpone acción de protección en contra de la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo de Chile y de la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, por el acto ilegal y arbitrario consiste en la destitución de sus labores en la Subsecretaria del Ministerio de Ciencias, actualmente en calidad de víctima de acoso laboral en sumario vigente instruido por la actual Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo, medida que fue notificada el 24 de noviembre de 2020, afectando la garantía de igualdad ante la ley y el derecho de propiedad. Indica que la recurrente comenzó su relación con el servicio CONICYT, actual ANID, el 4 de septiembre del año 2017, por concurso público, accediendo al cargo de “coordinadora del área de divulgación del programa explora”, en su calidad de periodista. Refiere que a fines del mes de enero de 2019 comenzó a ser objeto de conductas de acoso laboral, motivo por el cual el 24 de agosto del mismo año, interpuso una denuncia internamente en el servicio ANID, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Exenta N°973 emitida por CONICYT el 3 de julio de 2018, abriéndose un sumario interno que actualmente se encuentra en proceso de investigación y totalmente vigente, sin resolución definitiva. Señala que los hechos que motivan la denuncia y la apertura del sumario son que en el tiempo que media entre la entrada al servicio de la actora y febrero de 2018 hubo dos reestructuraciones importantes en el programa Explora, por lo que a fines de febrero de 2018 el equipo de trabajo que lideraba la recurrente se encontraba compuesto de cinco personas más, que individualiza. Manifiesta que en la reunión de 23 de enero de 2020, la directora del Programa Explora, doña Natalia Mackenzie le solicita al equipo liderado por la recurrente, con carácter vinculante y obligatorio, que se
Fallo
por tanto, por no emanar el acto recurrido de la ANID, deberá acogerse la excepción de falta de legitimación pasiva. Expresa que la vía por medio de la cual se vincula a la ANID con la presente acción cautelar radica en el hecho del traspaso “por la autoridad administrativa” del Programa Explora de CONICYT a Subsecretaría de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, a partir del 2020, estando vigente un sumario administrativo por acoso laboral iniciado por denuncia de la recurrente de 24 de agosto de 2019, mientras que el recurso señala que el traspaso se concretó “efectivamente” el 03 de marzo de 2020, por consiguiente es extemporáneo en lo que refiere a la ANID. Sostiene que sí dicho traspaso efectuado por ley (no por la autoridad administrativa) hipotéticamente vulneró derechos contraídos por ser denunciante de un sumario administrativo por acoso laboral, debió recurrir oportunamente, y no una vez extinto el plazo para la interposición de la acción cautelar. Afirma que, tanto la determinación de la existencia de tales derechos como los hipotéticos efectos vulneratorios que le generaría el traspaso (por ley y no por acto de autoridad administrativa) y la misiva, de 24 de noviembre de 2020, de la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, son argumentos propios de un procedimiento de lato conocimiento, y no el de urgencia que nos convoca y que no existe un derecho indubitado de la
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C.A. de Santiago Santiago, diez de septiembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°) Que comparece don Juan Carlos Espinosa Moreno, abogado, en nombre de doña Marisol Corina Muñoz Suarez, periodista, quien interpone acción de protección en contra de la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo de Chile y de la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, po
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