PENTA VIDA CÍA DE SEGUROS DE VIDA S.A./MÉNDEZ
Rol
Fecha
16 de septiembre de 2021
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente Que según lo dispuesto en el artículo 487 del Código de Procedimiento Civil, una vez transcurrido el plazo indicado en el artículo 486 del mismo cuerpo legal, las resoluciones que aprueben la tasación, o la manden a rectificar, o fijen por el mismo Tribunal el justiprecio de los bienes, serán inapelables; y tratándose de una norma de carácter especial, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido el dieciséis de agosto de dos mil veintiuno –folio 69 del cuaderno de apremio–, en contra de la resolución de doce del mismo mes y año –folio 68 de similar cuaderno–. Devuélvase. N°Civil-7661-2021 (cuaderno de apremio).
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación deducido el dieciséis de agosto de dos mil veintiuno –folio 69 del cuaderno de apremio–, en contra de la resolución de doce del mismo mes y año –folio 68 de similar cuaderno–. Devuélvase. N°Civil-7661-2021 (cuaderno de apremio).
Texto Completo (Preview)
mplb C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de septiembre de dos mil veintiuno. Vistos y teniendo presente Que según lo dispuesto en el artículo 487 del Código de Procedimiento Civil, una vez transcurrido el plazo indicado en el artículo 486 del mismo cuerpo legal, las resoluciones que aprueben la tasación, o la manden a rectificar, o fijen por el mismo Tribunal el justiprecio de los bienes, serán
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