1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

OLIVARES/FUNDACION DE LAS FAMILIAS

Rol

Fecha

8 de septiembre de 2021

Materia

RECARGOS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Por sentencia de fecha veintiséis de diciembre del año dos mil veinte, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT N° O-1470-2020, se rechazó en todas sus partes la demanda interpuesta por Patricia Oliveros Riveros en contra de Fundación de las Familias, sin costas. Contra este fallo la parte demandante dedujo recurso de nulidad, por la causal del artículo 478 letra c) del Código del Trabajo. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que la demandante hace valer la causal del artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, por ser necesaria la alteración de la calificación jurídica de los hechos, sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior. Fundamenta la causal en que el tribunal estableció que se encontraba acreditada la causal de despido de la demandante, la del artículo 160 N° 7 del Código del Trabajo, por cuanto la demandante estaba encargada de rendir cuentas al Ministerio de Desarrollo Social de los aportes que dicho organismo entrega a la demandada, teniendo el

Fallo

fallo la parte demandante dedujo recurso de nulidad, por la causal del artículo 478 letra c) del Código del Trabajo. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. Considerando: Primero: Que la demandante hace valer la causal del artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, por ser necesaria la alteración de la calificación jurídica de los hechos, sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior. Fundamenta la causal en que el tribunal estableció que se encontraba acreditada la causal de despido de la demandante, la del artículo 160 N° 7 del Código del Trabajo, por cuanto la demandante estaba encargada de rendir cuentas al Ministerio de Desarrollo Social de los aportes que dicho organismo entrega a la demandada, teniendo el fallo por establecido que había diferencias en las actas digitales de los distintos centros de familia a quienes la demandada brinda ayuda, toda vez que el cotejo de dichas actas no son coincidentes, ni las de respaldo con aquellas enviadas al Ministerio referido y que inciden en las actas de entrega y recepción de materiales de aseo y oficina y, particularmente, tampoco coinciden en las fechas que se consignaron en dichos documentos. Sostiene que los hechos mencionados en la carta de despido son que la demandante ejecutó diversos actos que falseaban la información de rendición de cuentas enviada al Ministerio de Desarrollo Social, con lo cual se puso en riesgo el aporte qu

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, ocho de septiembre de dos mil veintiuno. Vistos: Por sentencia de fecha veintiséis de diciembre del año dos mil veinte, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT N° O-1470-2020, se rechazó en todas sus partes la demanda interpuesta por Patricia Oliveros Riveros en contra de Fundación de las Familias, sin costas. Contra este fallo

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