SIN INFORMACION

PINO / CASTRO

Rol

Fecha

6 de septiembre de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Que, en folio uno, comparece Javiera Noemí De Lourdes Pino Rocco, ingeniero civil químico, domiciliada en Pedro Aguirre Cerda N°988, Playa Ancha, Valparaíso, quien interpone recurso de protección en contra de Eva Ester Castro Mansilla, se ignora su profesión u oficio, domiciliada en calle Padre Nilo Arriagada N°3233, Puente Alto. Expresa que la recurrida obtuvo su clave de la Oficina Judicial Virtual, ingresó a la referida página y obtuvo información de causas sobre divorcio, desafuero maternal y violencia intrafamiliar, además de acceder a sus datos personales y luego, el día dieciséis de abril del presente año, recibió un mensaje en que la recurrida se mojaba de sus causas pendientes. Además, usando su nombre y demás datos personales, pidió citas con médicos, funerarias y universidades, de manera que el día 17 de abril del mismo año, recibió llamados de diferentes personas. Refiere que su clave le fue entregada y revelada a la recurrida por un tercero de nombre Mario Morales, egresado de derecho, quien antes la había asesorado y con quien tuvo una relación de amistad, por lo que en ese contexto le había entregado su clave. Por los hechos anteriores, explica, presentó una denuncia ante la Fiscalía Local de Valparaíso, que dio origen a la investigación pendiente RUC N°2100384868-7. Además, con fecha veintiuno de junio de este año, la recurrida, en la red social Instagram, creo una página que se denomina “funajavierapinorocco”, con su nombre y fotografía, en que la califica de peligrosa y de haberla acosado mediante mensajes, cuestión que no resulta efectiva. Considera vulneradas las garantías constitucionales de derecho a la vida e integridad, de protección a la vida privada y honor y de propiedad, contempladas en los números 1, 4 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República y solicita que se acoja el recurso, que se prohíba a la recurrida toda comunicación con su persona y que se le ordene eliminar todo comentario publicado en descred

Fundamentos

Considerando: 1°) Que, en cuanto al uso indebido de la clave de la oficina judicial virtual de la actora y de su información personal, no existe un derecho indubitado que permita proceder por esta vía, puesto que tal imputación fue negada por la recurrida y tampoco se acompañaron antecedentes que permitan acreditarla. Además, las partes se encuentran contestes en que existe una investigación pendiente ante la Fiscalía Local de Valparaíso sobre la materia, judicializada ante el Juzgado de Garantía de Valparaíso, ingreso RIT N°5626-2021, RUC 2100384868-7, de manera que los intereses de la actora se encuentran bajo el amparo del derecho. 2°) Que, respecto de la página de la red social Instagram de nombre “funajavierapinorocco”, si bien la recurrida ha reconocido su existencia y la circunstancia de haberla creado, de su lectura no se advierte el uso de términos evidentemente difamatorios, que permitan reclamar por esta vía, sino más bien una crítica de la recurrida a la actora, por supuestos actos de acoso cometidos en su contra, conducta que no resulta ilegal, ya que se encuentra amparada por el derecho de informar y emitir opiniones sin censura previa, contemplado en el número 12 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, sin perjuicio que su autora pueda responder de los ilícitos y abusos, penales y/o civiles, que pueda haber cometido, cuestión que debe conocerse y determinarse a través de las acciones ordinarias que en derecho correspondan.

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, la acción constitucional interpuesta por Javiera Noemí De Lourdes Pino Rocco en contra de Eva Ester Castro Mansilla. Regístrese, notifíquese y, en su oportunidad, archívese. N°Protección-35667-2021. En Valparaíso, seis de septiembre de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, seis de septiembre de dos mil veintiuno. Visto: Que, en folio uno, comparece Javiera Noemí De Lourdes Pino Rocco, ingeniero civil químico, domiciliada en Pedro Aguirre Cerda N°988, Playa Ancha, Valparaíso, quien interpone recurso de protección en contra de Eva Ester Castro Mansilla, se ignora su profesión u oficio, domiciliada en calle Padre Nilo Arriagada N°3233, Pu

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