LUGO/DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS CONSULARES, INMIGRACIÓN Y DE CHILENOS EN EL EXTERIOR DEL MINISTERI
Rol
Fecha
4 de septiembre de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Comparece Brando Javier Lugo Valera en representación de la menor Alejandra Valeska Martínez Martínez, venezolana, domiciliados en calle 3, casa 153, Punta Arenas, interponiendo recurso de amparo en contra de la Dirección General de Asuntos Consulares, Inmigración y Chilenos en el Exterior, en representación del Consulado General de la República de Chile en Caracas, y del Ministerio de Relaciones Exteriores, con domicilio para estos efectos en calle Teatinos 180, Santiago. El recurso lo funda en la reciente e injustificada negativa por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores y, en especial, de su Dirección General de Asuntos Consulares, Inmigración y Chilenos en el Exterior, de poner término sin razón ni justificación alguna de las solicitudes de visa de responsabilidad democrática presentada en favor de la amparada. Mediante Oficio Circular Nº 96, de fecha 9 de abril de 2018, el Subsecretario de Relaciones Exteriores, instruyó el otorgamiento a los nacionales de la República Bolivariana de Venezuela, que así lo solicitaren, de un Visado de Responsabilidad Democrática, el cual comenzó a regir a partir del 16 de abril de 2018 con el objeto de permitir un ingreso ordenado en calidad de residentes regulares, disminuir la irregularidad de este grupo migrante, y fomentar su integración en la sociedad chilena. Asimismo, mediante Oficio Circular N° 274 de la Subsecretaria de Relaciones Exteriores, se dispuso la Visa de Responsabilidad Democrática para dependientes, cuyos requisitos y ámbitos de aplicación se establecieron en el Oficio Circular N° 96. Expone que la madre de la amparada, Vanessa Carolina Martínez De Freitas envío solicitud de Visa de Responsabilidad Democrática, en atención a las graves carencias que está sufriendo Venezuela, como consecuencia de la falta de servicios básicos y la crisis humanitaria que atraviesa dicho país. La solicitud de la amparada fue recibida satisfactoriamente el 02 de Mayo de 2020, siéndole asignada el Nº de Solicit
Fundamentos
fundamentos y razonabilidad en el actuar de la recurrida determina sostener que su proceder se aparta de la legalidad vigente y se torna además en un acto arbitrario, pues se justifica en situaciones fácticas ajenas al caso concreto que afectan a la menor amparada. la omisión del recurrido en pronunciarse sobre la solicitud de reconsideración por motivos de reunificación familiar presentada según las instrucciones emitidas por la Dirección de Asuntos Consulares, sería otra manifestación de la arbitrariedad con la que ha obrado durante toda la tramitación de la solicitud de Visa de Responsabilidad Democrática del amparado. Solicitó en definitiva que se otorgue sin más trámite, una cita para que la menor amparada Alejandra Valeska Martínez Martínez, de 14 años, presente la documentación pertinente para concretar el estampado de la Visa de Responsabilidad Democrática y/o todas aquellas medidas necesarias para garantizar la reunificación familiar de la menor junto a su madre, en territorio chileno y que esto se concrete en el plazo más breve posible; y la adopción de todas las medidas que estime necesarias para estos efectos, y, en especial, aquellas necesarias para garantizar la reunificación familiar de la amparada junto a su madre, en el plazo más breve posible. A su presentación acompaña: Copia de Pasaporte de la menor amparada; Copia de RUT de su madre, Vanessa Carolina Martinez De De Freitas; Partida de Nacimiento legalizada y apostillada de la menor amparada; Copia de RUT de Brando Javier Lugo Valera; Copia de Correos Electrónicos entre su madre y la autoridad consular en Caracas; Boletos Aéreos; Sentencia medida de protección de integración en familia de origen ampliada. Evacuó informe el Director General de Asuntos Consulares, Inmigración y Chilenos en el Exterior quien solicitó el rechazo del recurso. Expone que la amparada ingresó solicitud de visa de responsabilidad democrática el día 17 de octubre de 2019. Fue presentada al Ministerio de Relaciones Exteriores la solicitud de reunificación familiar de visa de responsabilidad democrática por carta de 15 de diciembre de 2020. Hace presente que la solicitud presentada en favor de Alejandra Valeska Martínez Martínez fue evaluada favorablemente, lo que fue notificado a la titular reunificante Vanessa Carolina Martínez De De Freitas por correo electrónico de 15 de marzo de 2021, indicándosele que el Consultado respectivo se comunicará con la persona para que se presente a una cita. En razón de lo anterior, no existiría una acción u omisión ilegal o arbitraria que amenace, prive o perturbe el legítimo ejercicio de derecho o garantía alguna. Se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que el recurso de amparo es una acción constitucional que da origen a un procedimiento autónomo que tiene por objeto proteger la libertad personal y seguridad individual, cuando ella se encuentra amenazada, coartada o vulnerada en cualquier forma, en virtud de una orden ileg
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo previsto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, SE RECHAZA el recurso de amparo deducido por Brando Javier Lugo Valera en favor de Alejandra Valeska Martínez Martínez, en contra de la Dirección General de Asuntos Consulares, Inmigración y Chilenos en el Exterior. Regístrese y archívese en su oportunidad. Redacción del Fiscal Judicial señor Miño. Se deja constancia que no firma la Ministra Suplente Sra. Paola Oltra Schüler, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo, por haber cesado en su cargo. Rol Nº 106-2021 AMPARO.
Texto Completo (Preview)
Punta Arenas, cuatro de septiembre de dos mil veintiuno. Vistos: Comparece Brando Javier Lugo Valera en representación de la menor Alejandra Valeska Martínez Martínez, venezolana, domiciliados en calle 3, casa 153, Punta Arenas, interponiendo recurso de amparo en contra de la Dirección General de Asuntos Consulares, Inmigración y Chilenos en el Exterior, en representación del Consulado General de
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica