MARUBENI AUTO FINANCE LIMITADA/VARAS
Rol
Fecha
5 de octubre de 2021
Materia
PRENDA SIN DESPLAZAMIENTO, LEY 20.190
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1.- Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley. 2.- Que del mérito de autos consta que la resolución materia del presente recurso no hace procedente la interposición del referido arbitrio, atendida su naturaleza jurídica, en los términos precisados precedentemente. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto el veintinueve de mayo de dos mil veintiuno –folio 30–, en contra de la resolución de veintisiete del mismo mes y año –folio 29–. Devuélvase. N°Civil-7401-2021.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto el veintinueve de mayo de dos mil veintiuno –folio 30–, en contra de la resolución de veintisiete del mismo mes y año –folio 29–. Devuélvase. N°Civil-7401-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, cinco de octubre de dos mil veintiuno (paus). Vistos y teniendo presente: 1.- Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por
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