3º JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE ANTOFAGASTA

BECERRA /BANCODEL ESTADO DE CHILE

Rol

Fecha

1 de septiembre de 2021

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

CONFIRMADA CON DECLARACIÓN

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada y, se tiene además, presente: Que sin perjuicio del razonamiento y decisión de la instancia, no hay controversia sobre la forma que sucedieron los hechos y desde ese punto de vista el Banco Estado no solo ha soslayado la imputación establecida como infracción sino que prescindió de una explicación racional para hacer desaparecer su evidente negligencia, independientemente del actuar del usuario en cuanto los giros se efectuaron en menos de una hora y por montos muy superiores a lo que el corriente de la Banca permite como primera transferencia, lo que demuestra que los giros electrónicos no tienen control ni seguridad alguna elemental que la normalidad exige en cuanto a los montos y números de operaciones, por lo que no cabe sino confirmar en este sentido. Por otro lado, siendo la aflicción psíquica como consecuencia del detrimento patrimonial respecto de una cuenta corriente o depósito que mantenía sumas mayores, entendiendo que se está resarciendo el daño causado, la indemnización por daño moral aparece exagerada, por lo que se fijará en la suma de un millón de pesos,

Fundamentos

considerando la actitud de la entidad bancaria frente a la falta de una investigación adecuada y las incomodidades propias que ha causado. Además la suma deberá incrementarse con los intereses corrientes fijados para operaciones de dinero no reajustable, sin reajustes, porque están incluidos en la cifra indicada.

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en la Ley 19.496 y artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, sin costas, la sentencia apelada de fecha trece de enero del dos mil veinte, dictada en causa Rol 17472-2019-17 del Primer Juzgado de Policía Local de Antofagasta, con declaración que la indemnización por daño emergente que deberá pagar Banco Estado asciende a la suma de un millón de pesos ($1.000.000) más intereses corrientes fijados para operaciones de dinero no reajustable a contar de la fecha de esta sentencia. Regístrese y comuníquese. Rol 41-2021 (PL)

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a uno de septiembre de dos mil veintiuno. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada y, se tiene además, presente: Que sin perjuicio del razonamiento y decisión de la instancia, no hay controversia sobre la forma que sucedieron los hechos y desde ese punto de vista el Banco Estado no solo ha soslayado la imputación establecida como infracción sino que prescindió de una explicación r

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