SIN INFORMACION

ROJAS DUGARTE MARIANA ALEXANDRA/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACION DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA - DELEGACION PRESIDENCIAL PROVINCIAL DE SAN ANTONIO

Rol

Fecha

1 de septiembre de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Claudio Quiroga Hinojosa y Romina Morano Ruz, abogados, en favor de Mariana Alexandra Rojas Dugarte, ciudadana venezolana, e interponen acción constitucional de amparo en contra del Departamento de Extranjería Y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por el acto que considera ilegal y arbitrario consistente en la dictación de la resolución exenta N° 4352, de 19 de noviembre de 2019, que rechazó la solicitud de la amparada de residencia sujeta a contrato de trabajo, disponiendo su abandono del país en 15 días contados desde su notificación. Alega que esto vulnera la garantía constitucional consagrada en el artículo 19, números 3 y 7, de la Constitución Política de la República. Exponen que la amparada es una ciudadana de 30 años de edad, casada con el ciudadano chileno Alexander Stephens Quezada Contreras. Indican que la amparada ingresó a Chile el 17 de mayo de 2019, y solicitó una visa sujeta a contrato, la cual fue rechazada mediante la resolución recurrida. Alegan que esta decisión fue adoptada sin haberse observado el debido proceso, atentado contra el principio de presunción de inocencia y sin ser juzgada la amparada ante un juez natural. Expone que el motivo del rechazo es que los datos consignados en el contrato de trabajo presentado por la solicitante no son verídicos, pues el domicilio del supuesto lugar de trabajo no correspondía a un centro estético, y la respectiva oficina se encontraba cerrada y sin moradores, al momento de la fiscalización por funcionarios policiales, además de que la persona natural que aparece como empleador en el contrato no tiene inicio de actividades. Alegan que no es requisito que una persona natural inicie actividades para que pueda existir una relación laboral, y que al momento de la fiscalización el local se haya encontrado cerrado no es prueba fehaciente de la inexistencia del contrato de trabajo. Solicita, en concreto, se declare la nulidad de la re

Fundamentos

motivos por los cuales, evidentemente, no adolece ella de la ilegalidad que ahora se les representa; SÉPTIMO: Que luego de lo razonado, se desestimará la presente acción cautelar.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo dispuesto en el artículo 21 de la Carta Fundamental y Auto Acordado sobre tramitación de la presente acción cautelar, se rechaza el recurso de amparo interpuesto por los abogados Claudio Quiroga Hinojosa y Romina Morano Ruz, en favor de Mariana Alexandra Rojas Dugarte, en contra del Departamento de Extranjería del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, notifíquese y archívese, si no se apelare. N°Amparo-3269-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, uno de septiembre de dos mil veintiuno. Al folio 19: A lo principal, téngase presente; al otrosí, a sus antecedentes. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Claudio Quiroga Hinojosa y Romina Morano Ruz, abogados, en favor de Mariana Alexandra Rojas Dugarte, ciudadana venezolana, e interponen acción constitucional de amparo en contra del Departamento de Ext

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