EDUARDO ALFONSO HARTWIG ITURRIAGA C/ NN NN NN
Rol
Fecha
30 de agosto de 2021
Materia
ABUSO DE FIRMA EN BLANCO. ART. 470. Nº 3.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, y no encontrándose justificada la causal de sobreseimiento invocada, se revoca la resolución apelada, de fecha veintidós de junio de dos mil veintiuno, dictada por el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, y, en consecuencia, se deja sin efecto el sobreseimiento definitivo decretado en estos autos. Comuníquese. N°Penal-2811-2021. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por el Ministro señora Dobra Lusic Nadal, el Fiscal Judicial señora Clara Isabel Carrasco Andonie y el Abogado Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, treinta de agosto de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, treinta de agosto de dos mil veintiuno. Proveyendo a los folios 10, 11 y 12: A todo, téngase presente. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, y no encontrándose justificada la causal de sobreseimiento invocada, se revoca la resolución apelada, de fecha veintidós de junio de dos mil veintiuno, dictada por el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, y, en consecuenc
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