ARREDONDO/FISCO DE CHILE / CONSEJO DE DEFENSAL DEL ESTADO
Rol
Fecha
4 de octubre de 2021
Materia
INDEMNIZACIÓN PERJUICIOS ART.169 LEY TRÁNSITO
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil, la prueba en el procedimiento sumario, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. 2°.- Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio por el demandado el cinco de agosto año en curso, en contra de la resolución de dos de agosto del mismo año. Regístrese y devuélvase. Devuélvase. N°Civil-7092-2021.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio por el demandado el cinco de agosto año en curso, en contra de la resolución de dos de agosto del mismo año. Regístrese y devuélvase. Devuélvase. N°Civil-7092-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, cuatro de octubre de dos mil veintiuno (paus). Al folio N°4: aténgase a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil, la prueba en el procedimiento sumario, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. 2°.- Que, conforme lo di
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