MP C/ JUAN ANTONIO QUINTANA NAHUELPI
Rol
Fecha
27 de agosto de 2021
Materia
DESACATO ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Habiendo oído a los intervinientes y sus fundamentos, esta Corte por unanimidad de sus integrantes y compartiendo los argumentos expuestos por la Defensa, teniendo presente, además, la pena probable asignada al delito por el cual se ha formalizado al imputado, estima que la necesidad de cautela y los fines del procedimiento, se satisface con medidas cautelares de menor intensidad, de aquellas previstas en el artículo 155 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada de fecha diecinueve de agosto de dos mil veintiuno, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva en contra del imputado JUAN QUINTANA NAHUELPI, sustituyéndola por las cautelares previstas en la norma legal citada y contempladas en las letras a), d) y g), esto es, privación total de libertad en su domicilio; la prohibición de salir del país y la prohibición de aproximarse al ofendido. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. N°Penal-805-2021. (sac)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, veintisiete de agosto de dos mil veintiuno. A la presentación del abogado Fabián Cuevas Hernández, folio 4: A lo principal y otrosí: téngase presente. A la presentación de la abogada Constanza Álamos Vásquez, folio 5: A lo principal y otrosí: téngase presente. VISTOS: Habiendo oído a los intervinientes y sus fundamentos, esta Corte por unanimidad de sus integrantes y compa
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica