JUZGADO DE GARANTIA DE CURACAVI

MP. C/ FRANCISCO EULOGIO AGUILAR AGUILAR. QTE: NATHALYE GINA DÍAZ ELGUETA.

Rol

Fecha

27 de agosto de 2021

Materia

INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos: Que del mérito de los antecedentes expuestos por los intervinientes, se desprende que se encuentran acreditados en este estadio procesal los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, respecto de los delitos materia de la investigación y, además, la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo antes referido atendida la naturaleza y carácter de los delitos, la gravedad de los mismos y los bienes jurídicos protegidos. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 140, 352 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de diecinueve de agosto del presente, en la causa RIT 1186-2021 por el Juzgado de Garantía de Curacaví, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de Francisco Eulogio Aguilar Aguilar. Acordada contra el voto del abogado integrante señor Castillo, quien fue del parecer de revocar la resolución en alzada e imponer en contra de Aguilar Aguilar, la medida cautelar menos gravosa contemplada en la letra a) del artículo 155 del Código Procesal Penal, esto es arresto domiciliario total, por estimar que aquella resulta suficiente para asegurar la necesidad de cautela y los fines del procedimiento. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° 2414-2021 penal Pronunciado por la Tercera Sala integrada por los ministros señora Ana Cienfuegos Barros, señor Marcelo Ovalle Bazán (S) y el abogado integrante señor Ignacio Castillo Val.

Texto Completo (Preview)

Fecha: a veintisiete de agosto de dos mil veintiuno. Sala: Tercera Zoom Rol Corte: 2414-2021 RIT: 1186-2021 Ruc: 2100435468-8 Tribunal: Juzgado de Garantía de Curacaví Relator (a): María Andrea Durán Bruce Abogado asesor Rocío Andrea Berríos Ibáñez Defensor privado: Alfredo Domke Zepeda Abogado querellante: Miguel Candía Meza Hora Inicio: 9.09 Hora de Término: 9.38 Imputado: Francisco Eulogio Agui

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