CONTRERAS BERMUDEZ JOHANNA ANDREINA Y OTRO/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACION DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA
Rol
Fecha
26 de agosto de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece don John Andy Flen Rettig y Óscar Andrés Fielbaum Villegas, abogados, domiciliados en calle Herrera N°1127, oficina 1002, Santiago, en representación de doña Johanna Andreina Contreras Bermúdez, venezolana, domiciliada en calle Colo Colo 2422-B, sector oriente, Osorno y a favor de su familia, compuesta por su cónyuge don Vicente Colven Ledezma Flores, ingeniero electricista y su hija menor Miranda Valentina Ledezma Contreras, chilena, de 2 años de edad, quienes interponen recurso de amparo en contra del Departamento de Extranjería y Migración, por el dictado de la Resolución Exenta N°58.417. Piden se deje sin efecto la Resolución Exenta N°58417, de 30 de abril 2021, emitida por el Departamento de Extranjería y en su lugar se permita a la amparada continuar con la regularización de su visa. Fundan su pretensión cautelar señalando que el 11 de mayo de 2021, la amparada Johanna Andreina Contreras Bermúdez, recibe por carta certificada la Resolución Exenta N°58417, de 30 de abril 2021, emitida por el Departamento de Extranjería y Migración, la que resuelve rechazar la solicitud de visación de residencia temporaria por vínculo con chileno presentada por la recurrente, disponiendo su abandono del país en 15 días contados desde la notificación, apercibiéndola que de no hacerlo, se procederá a dictar el respectivo decreto de expulsión. Indican que dicha resolución se fundamenta en que la extranjera ha declarado abierta y voluntariamente en su solicitud de residencia, que no percibe ingresos acreditables y conforme al artículo 64 N°4, en relación con el artículo 15 N°4 del Decreto Ley N°1094 de 1975, es procedente el rechazo de la solicitud, en atención a que no acreditó poseer recursos que le permitan vivir en Chile. Estiman que la resolución recurrida es arbitrario e ilegal, ya que se funda en que no acreditó poseer recursos que le permitan vivir en Chile, sin embargo, no se consideró que la amparada tiene a su cónyuge
Fallo
se declara que se acoge el recurso de amparo deducido por don John Andy Flen Rettig y don Óscar Andrés Fielbaum Villegas, a favor de doña Johanna Andreina Contreras Bermúdez, solo en cuanto se dispone que se deja sin efecto Resolución Exenta Nº 58417 de 30 de abril de 2021, a fin que la autoridad continúe con la tramitación de la solicitud visa temporaria de la recurrente, permitiendo que ésta adjunte los antecedentes pertinentes para acreditar que cuenta con recursos económicos para vivir en el país. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-3135-2021.
Texto Completo (Preview)
CERTIFICO: Que se anunció, escuchó relación y alegó, contra el recurso, la abogado del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública doña Carolina Pilar Fernandoy Catalán, por 5 minutos. Santiago, 26 de agosto de 2021. Patricio Hernández Jara Relator C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de agosto de dos mil veintiuno. Proveyendo al escrito folio 15: A lo
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